Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 14 de enero de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 2.156/1997, promovido por don Juan Bautista Pino Ladra, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 2.156/1997, interpuesto por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, actuando en nombre y representación de don Juan Bautista Pino Ladra, contra la Orden del excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 13 de diciembre de 1994, en cuanto desestimatoria del recurso ordinario entablado frente a la Resolución de la Dirección General de Recursos Pesqueros de 6 de abril del mismo año, por la que se le impone una sanción de 2.000.000 de pesetas, en aplicación de los artículos 7 y 8.b) de la Ley 53/1982, de 13 de julio, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a Derecho, y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 16 de junio de 1998.–P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), La Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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