En el recurso contencioso-administrativo número 362/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Janssen Pharmaceutica N. V.» contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de noviembre de 1994 y 29 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 5 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por “Janssen Pharmaceutica N. V.” contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 15 de noviembre de 1994, que denegó la marca internacional 295.029, y contra la desestimación del recurso administrativo interpuesto, debiendo confirmar ambas resoluciones por ser ajustadas a derecho.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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