En el recurso contencioso-administrativo número 2.055/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Aguirre y Cía., Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 31 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 23 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso promovido por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut en representación de la entidad “Aguirre y Cía., Sociedad Anónima”, contra la Resolución dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 31 de mayo de 1994, dictadas en expedientes números 8.942/1993 y 8.943/1993, mediante la que se autoriza la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial de la marca internacional número 555.712, “Enjoyable Teddy Smith”, clases 18, 25 y 28, y la marca internacional número 555.713, “Teddy Smith”, clase 25, sin que sean incompatibles con la marca número 938.932, “J. Smith”, clase 25, y confirmamos dichas Resoluciones así como las inscripciones registrada a que se refieren, por ser tales actos conformes a Derecho; sin hacer expresa declaración sobre las costas de este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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