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Documento BOE-A-1998-15706

Resolución de 3 de junio de 1998, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, por la que se resuelve la homologación de la estructura de protección marca «S+L+H»,modelo T 68, tipo bastidor de dos postes atrasado, válida para los tractores marca «Same», modelo Silver 100.6 VDT, versión 4RM y nueve más que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 1998, páginas 22027 a 22027 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-15706

TEXTO ORIGINAL

A solicitud de «Same Deutz Fahr Ibérica, Sociedad Anónima», y superados los ensayos y verificaciones especificados en la Orden de este Ministerio de 27 de julio de 1979, por la que se establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco:

Primero.

Esta Dirección General resuelve ampliar y actualizar la homologación de la estructura de protección marca «S+L+H», modelo T 68, tipo bastidor de dos postes atrasado, y hace pública su validez para los tractores marca «Same», modelo Silver 100.6 VDT, versión 4RM; marca«Lamborghini», modelo 1060 VDT, versión 4RM; marca «Hürlimann», modelo 910.6 VDT, versión 4RM; marca «Same», modelo Silver 90 VDT, versión 4RM; marca «Same», modelo Silver 80 VDT, versión 4RM; marca «Lamborghini», modelo 950 VDT, versión 4RM; marca «Lamborghini», modelo 850 VDT, versión 4RM; marca «Hürlimann», modelo 908 VDT, versión 4RM, y marca «Hürlimann», modelo 909 VDT, versión 4RM.

Segundo.

El número de homologación asignado a la estructura es EP2/9532.a(10).

Tercero.

Las pruebas de resistencia han sido realizadas, según el Código IV OCDE, método estático, por la Estación de Ensayos del I.I.A. de la Universidad de Milán (Italia) y las verificaciones preceptivas, por la Estación de Mecánica Agrícola.

Cuarto.

Cualquier modificación de las características de la estructura en cuestión o de aquéllas de los tractores citados que influyesen en los ensayos, así como cualquier ampliación del ámbito de validez de la presente homologación para otros tractores, sólo podrá realizarse con sujeción a lo preceptuado, al respecto, en la Orden mencionada.

Madrid, 3 de junio de 1998.–El Director general, Rafael Milán Díez.

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