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Documento BOE-A-1998-15134

Orden de 15 de junio de 1998 por la que se crean las Oficinas Españolas de Turismo en Moscú y en Singapur.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 1998, páginas 21249 a 21249 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-15134
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/06/15/(1)

TEXTO ORIGINAL

Las Oficinas Españolas de Turismo constituyen el principal instrumento de promoción turística de España en el exterior. Los cambios que se producen en los mercados turísticos aconsejan una revisión periódica de la rentabilidad de las mismas, la redistribución de los recurso existentes y la creación de nuevas oficinas, con la finalidad de que la función promocional que les corresponde se desarrolle con la mayor eficacia posible en los países donde ya existen o puedan atender las posibilidades de desarrollo de un creciente mercado turístico para España en aquellos en los que todavía no existe una Oficina Española de Turismo.

Los cambios políticos, económicos y sociales producidos en la antigua Unión Soviética en esta última década han generado una importante demanda por parte de viajeros con alto poder adquisitivo que buscan en la Europa Mediterránea su clima y su cultura. La rapidez de este proceso nos obliga a tomar posiciones frente a los países competidores del Mediterráneo. Por otra parte, las regiones del Sudeste Asiático, han experimentado un profundo cambio y tiene un creciente protagonismo en la economía mundial. El cambio experimentado y las expectativas de futuro aconsejan atender a esos mercados desde Singapur, centro de comunicaciones de la zona.

La conveniencia de una Oficina de Turismo en Moscú y en Singapur está avalada, asimismo, por las medidas adoptadas por otros países, por los principales turoperadores y compañías aéreas, así como por empresas españolas. La apertura de sedes operacionales para la captación de estos nuevos mercados turísticos aconsejan la existencia de sedes propias desde las que actuar para la captación de cuotas de mercado hacia España, así como para la implantación de empresas turísticas españolas en esos mercados.

En razón a las circunstancias expuestas, de conformidad con lo previsto en el artículo 36.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; el Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de mayo de 1998, acordó autorizar la creación de una Oficina Española de Turismo en Moscú y otra en Singapur.

En su virtud, por autorización expresa del Consejo de Ministros, previo informe favorable del Ministro de Asuntos Exteriores y previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.-1. Se crean las Oficinas Españolas de Turismo en Moscú y en Singapur dependientes a efectos de coordinación del Jefe de la misión Diplomática permanente.

2. Los gastos que originen la apertura e instalación de las mismas se cubrirán con cargo a los créditos existentes para el resto de las Oficinas Españolas de Turismo en el extranjero.

3. Las Oficinas cuya creación se autoriza deberán dotarse mediante la minoración de puestos de trabajo en la estructura del Ministerio de Economía y Hacienda.

Segundo.-Se faculta al Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa para establecer las normas complementarias que se pre cisen para la aplicación y el desarrollo de lo que en esta Orden se establece y determinar la fecha en que debe procederse a la apertura de las Oficinas que se crean.

Tercero.-De acuerdo con lo establecido en el artícu lo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, la denominación y características de los puestos de trabajo de las Oficinas Españolas de Turismo en Moscú y en Singapur serán los que resulten de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 15 de junio de 1998.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/06/1998
  • Fecha de publicación: 26/06/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 26/06/1998
Referencias anteriores
Materias
  • Oficinas de turismo
  • Rusia
  • Singapur

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