Visto el expediente de indulto de don José Manuel Moure Rey, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de La Coruña, en sentencia de fecha 13 de abril de 1994, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela, de fecha 21 de junio de 1993, como autor de un delito continuado de falsificación, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, un delito continuado de estafa, a la pena de tres mes de arresto mayor, un delito continuado de cheque en descubierto, a la pena de cuatro meses de arresto mayor, y un delito de apropiación indebida, a la pena de ocho meses de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de mayo de 1998,
Vengo en conmutar a don José Manuel Moure Rey las penas privativas de libertad impuestas, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 22 de mayo de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid