Visto el expediente de indulto de doña Elisa Zambrana Prieto, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.odel derogado Código Penal y previsto en el vigente, en su artículo 4.o, apartado tercero, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga que, en sentencia de fecha 15 de junio de 1994, le condenó como autora de un delito de malversación de caudales públicos a la pena de seis años y un día de prisión mayor e inhabilitación absoluta durante ocho años, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de mayo de 1998,
Vengo en conmutar a doña Elisa Zambrana Prieto la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 22 de mayo de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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