En el recurso contencioso-administrativo número 948/1995/04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Santillana, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de febrero y 25 de mayo de 1995, se ha dictado, con fecha 16 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que, debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo número 948/1995, interpuesto por el Procurador don Santos de Gandarillas Carmona, en nombre y representación de "Santillana, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 25 de mayo de 1995 (desestimatoria del recurso ordinario planteado contra la Resolución anterior de 3 de febrero de 1995, publicada en el "Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 1 de abril, que concedió la marca nacional número 1.781.818, "Alfaguara", para productos de la clase 41), declarando nulas las resoluciones mencionadas, procediendo denegar la marca "Alfaguara". Sin costas."
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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