Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 03/0001982/1995, interpuesto por don Ángel López Martínez, contra Resolución del Director general de Administración Penitenciaria, dictada por delegación de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios de fecha 9 de agosto de 1995, por la que se le impuso al recurrente la sanción de cinco días de suspensión de funciones como autor de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 10 de marzo de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Desestimar el presente recurso número 1982/1995, interpuesto por don Ángel López Martínez, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 9 de agosto de 1995, que se confirma en lo que es objeto de este recurso por ser conforme a derecho.
Segundo.-No hacer una expresa imposición de costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 20 de mayo de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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