Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 2/2.147/1995, interpuesto por don Pedro Lite Alejandre, contra Resolución de 12 de junio de 1995, por la que se convocaban cursos de educadores, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 4 de febrero de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro Lite Alejandre, contra la desestimación, por silencio, luego expresa mediante Resolución del Subsecretario de 12 de diciembre de 1995, del recurso ordinario interpuesto ante el Ministro de Justicia e Interior el 23 de junio de 1995, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria, de 12 de junio de 1995, que convocó cursos de educadores dentro del Plan de Formación de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios. No se hace expresa imposición de costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 20 de mayo de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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