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Documento BOE-A-1998-13498

Orden de 9 de junio de 1998 por la que se amplían los términos municipales contenidos en el anexo I de la Orden de 11 de mayo de 1998, por la que se da cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 7 del Real Decreto-ley 18/1997, de 31 de octubre; 9 del Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre, y 7 del Real Decreto-ley 29/1997, de 19 de diciembre, y se reduce el índice de rendimiento neto aplicable en 1997 a los productos del olivo en la Comunidad Autónoma de Madrid y a los cítricos en determinadas zonas de la Comunidad Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 1998, páginas 19095 a 19096 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-13498
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/06/09/(1)

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 del Real Decreto-ley 18/1997, de 31 de octubre; 9 del Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre, y 7 del Real Decreto-ley 29/1997, de 19 de diciembre, la Orden de 11 de mayo de 1998 estableció los «índices de ren dimiento neto» aplicables durante 1997 para determinar el rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas que calculen su rendimiento neto por la modalidad de signos, índices o módulos y se desarrollen en los términos municipales que figuran en el anexo I de la citada Orden.

Habiéndose emitido nuevos informes por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por los que se propone ampliar la relación de términos municipales a los que sería de aplicación la citada reducción de «índices de rendimiento neto», se hace necesario modificar el anexo I de la Orden de 11 de mayo de 1998.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Único.

El anexo I de la Orden de 11 de mayo de 1998, por la que se da cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 7 del Real Decreto-ley 18/1997, de 31 de octubre; 9 del Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre, y 7 del Real Decreto-ley 29/1997, de 19 de diciembre, y se reduce el índice de rendimiento neto aplicable en 1997 a los productos del olivo en la Comunidad Autónoma de Madrid y a los cítricos en determinadas zonas de la Comunidad Valenciana, quedará ampliado a los términos municipales y a las actividades agrícolas o ganaderas relacionadas a continuación:

Índice

rendimiento

neto aplicable

-

Porcentaje / Términos municipales / Actividad agrícola/ganadera / Provincia

(Real Decreto-ley

de aplicación)

Badajoz (1) y (2). / La Albuera, Almendral, Esparragalejo, La Garrovilla, La Nava de Santiago, Oliva de Mérida, Puebla de la Calzada, Torre de Miguel Sesmero, Aceuchal, Hornachos, La Morera, La Parra, Villalba, Villafranca de los Barros, Valverde de Leganés, Táliga. / Olivar.

Cereales.

Bovino de carne. / 0,20

0,12

0,17

La Albuera, Almendral, Esparragalejo, La Garrovilla, La Nava de Santiago, Oliva de Mérida, Puebla de la Calzada, Torre de Miguel Sesmero. / Uva para vino mesa.

Frutas no cítricos. / 0,20

0,24

0,22

0,24

0,20

0,12 / Cáceres (1) y (2). / Cabezuela, Cabrero, La Garganta, Guijo de Santa Bárbara, Rebollar, Tornavacas y Valdastillas. / Frutos no cítricos (cereza).

Hortalizas.

Olivar.

Cereales.

Casas del Castañar. / Frutos no cítricos (cereza).

Hortalizas. / 0,22

0,24

Lleida (1). / Albesa, Bellmunt d'Urgell, Bellvis, Guimenells i el Plá de la Font, Penelles, Torre-Serona. / Frutos no cítricos. / 0,17

Albesa, Bellmunt d'Urgell, Penelles. / Cereales. / 0,12

Valencia (1) y (3). / Sinarcas. / Uva para vino con Denominación de Origen. / 0,23

Caudete de las Fuentes, Venta del Moro. / Uva para vino con Denominación de Origen. / 0,17

(1) Real Decreto-ley 18/1997, de 31 de octubre.

(2) Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre.

(3) Real Decreto-ley 29/1997, de 19 de diciembre.

Disposición final. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 9 de junio de 1998.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda e Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Director general de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/06/1998
  • Fecha de publicación: 10/06/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 10/06/1998
Referencias anteriores
  • AMPLIA el Anexo I de la Orden de 11 de mayo de 1998 (Ref. BOE-A-1998-11317).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 7 del Real Decreto-ley 29/1997, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-1997-27396).
    • art. 9 del Real Decreto-ley 24/1997, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-1997-26764).
    • art. 7 del Real Decreto-ley 18/1997, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-1997-23157).
Materias
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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