En el recurso contencioso-administrativo número 293/1995, interpuesto por la representación de "Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima", contra Orden del Ministerio de Industria y Energía de 24 de enero de 1995, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Subsecretaría de este Departamento de 1 de agosto de 1994, sobre revocación de subvención, se ha dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 19 de febrero de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Securitas Seguridad España, Sociedad Anónima", contra la Orden del Ministro de Industria y Energía de 24 de enero de 1995, que desestimó el recurso de reposición deducido contra la Resolución de la Subsecretaría de este Departamento, dictada por delegación, de 1 de agosto de 1994, de revocación y liquidación de subvención, por ser dichas Resoluciones, en los extremos examinados, conformes a Derecho. Sin hacer expresa imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos."
Esta sentencia es firme al haberse declarado la inadmisión del recurso de casación interpuesto contra ella.
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 12 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 23), el Subsecretario, José Manuel Serra Peris.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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