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Documento BOE-A-1998-11757

Orden de 21 de abril de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, dictada en el recurso número 5/2.059/1995, interpuesto por doña María Cristina Albagnac Albagnac y 12 más.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 1998, páginas 16727 a 16728 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-11757

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.059/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por doña María Cristina Albagnac Albagnac, doña Rosa María Monleón Sánchez, don Ángel Vázquez Díaz de Tuesta, doña María Emilia Castro Salaverría, doña Mercedes Santaella Albat, don Rafael Luis Fraile Esteve, don Antonio Manuel Morales Carro, don Francisco Gamero Luque, don Félix Elizondo Martínez, don Carlos Bengoechea Caballero, doña María Carmen Fernández Collado, don Rafael Linage de León y doña Adelina Abad Larriba, contra la Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 28 de noviembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

"Fallamos:

Primero.-Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado.

Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña María Cristina Albagnac Albagnac, doña Rosa María Monleón Sánchez, don Ángel Vázquez Díaz de Tuesta, doña María Emilia Castro Salaverría, doña Mercedes Santaella Albat, don Rafael Luis Fraile Esteve, don Antonio Manuel Morales Carro, don Francisco Gamero Luque, don Félix Elizondo Martínez, don Carlos Bengoechea Caballero, doña María Carmen Fernández Collado, don Rafael Linage de León y doña Adelina Abad Larriba, contra Resoluciones del Ministro de Asuntos Exteriores de fechas 5 de junio, 4, 27 y 28 de julio, todas ellas de 1995, que se confirman por ser ajustadas a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.

Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales."

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 21 de abril de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.

Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.

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