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Documento BOE-A-1998-11114

Orden de 27 de marzo de 1998 por la que se modifica la autorización del centro de Formación Profesional Específica «San Pablo-Ceu», sito en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 1998, páginas 15771 a 15772 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-11114

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la Fundación Universitaria San Pablo, solicitando la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica "San Pablo-CEU", sito en el Camino de las Moreras, sin número, de Madrid, por ampliación de las enseñanzas que imparte,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorizar del centro de Formación Profesional Específica "San Pablo-CEU", sito en el Camino de las Moreras, sin número, de Madrid, por ampliación de las enseñanzas que imparte y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del citado centro, que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "San Pablo-CEU".

Domicilio: Camino de las Moreras, sin número.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid. Titular: Fundación Universitaria San Pablo.

Enseñanzas autorizadas:

A) Turno diurno:

Ciclo formativo de grado superior de Secretariado. Capacidad:

Número de grupos: 1.

Número de puestos escolares: 30.

Ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas. Capacidad:

Número de grupos: 2.

Número de puestos escolares: 60.

Ciclo formativo de grado superior de Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción. Capacidad:

Número de grupos: 2.

Número de puestos escolares: 60.

A) Turno vespertino:

Ciclo formativo de grado superior de Documentación Sanitaria. Capacidad:

Número de grupos: 1.

Número de puestos escolares: 30.

Ciclo Formativo de Grado Superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas. Capacidad:

Número de grupos: 4.

Número de puestos escolares: 120.

Ciclo formativo de grado superior de Comercio Internacional. Capacidad:

Número de grupos: 2.

Número de puestos escolares: 60.

Ciclo formativo de grado superior de Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción. Capacidad:

Número de grupos: 2.

Número de puestos escolares: 60.

Ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas. Capacidad:

Número de grupos: 2.

Número de puestos escolares: 60.

Segundo.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación NBE CPI/96 de condiciones de protección contra incendios en los edificios aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-En relación con los ciclos formativos de grado superior de Secretariado y Documentación Sanitaria que se autorizan por la presente Orden, el centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que, previo informe de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada, se comunicaran al mismo. Dicha circunstancia se comprobará por el Servi cio de Inspección Técnica de Educación.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección Provincial del Departamento en Madrid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro, que cumplirá los requisitos establecidos en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27) por la que se regulan las titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer los Profesores para impartir formación profesional específica en los centros privados y en determinados centros de titularidad pública.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artícu los 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 27 de marzo de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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