Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-1066

Orden de 12 de diciembre de 1997 por la que se modifica el concierto educativo del centro «La Anunciata», de León.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 1998, páginas 1883 a 1883 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-1066

TEXTO ORIGINAL

El centro denominado "La Anunciata", sito en calle Azorín, 36-46, de León, tenía suscrito concierto educativo para tres unidades de la rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado, en base a lo establecido en la Orden de 12 de abril de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 26), por la que se resolvieron los expedientes de modificación de los conciertos educativos para el curso académico 1996/1997.

Por Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14), por la que se resuelve la renovación de los conciertos educativos de centros docentes privados para el curso 1997/1998, se aprobó concierto educativo al centro para dos unidades de la rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado.

Vistos los informes emitidos por la Dirección Provincial, una vez analizados los datos de escolarización del presente curso 1997/1998, teniendo en cuenta que el centro sólo ha puesto en funcionamiento una unidad, para segundo curso de la Profesión Administrativa, de las dos concertadas en Formación Profesional de primer grado.

Habiendo comunicado a la titularidad del centro que procedía la modificación del concierto educativo suscrito, y una vez finalizado el plazo establecido sin haber formulado alegación alguna al respecto,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la disminución de una unidad concertada al Centro "La Anunciata", sito en la calle Azorín, 36-46, de León, quedando establecido un concierto educativo en Formación Profesional de primer grado para una unidad de la rama de Servicios, para segundo curso de la Profesión Administrativa.

Segundo.-La Dirección Provincial del Departamento en León notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director Provincial y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso académico 1997/1998.

Sexto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la Orden, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 12 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid