Por Resolución del señor Ministro de fecha 18 de noviembre de 1996, se declaró la desafectación, alienabilidad y puesta a disposición de la Gerencia de Infraestructura de la Defensa de la propiedad e instalaciones del acuartelamiento «General Ricardos», en Barbastro (Huesca). Por ello, ya no es necesario el mantenimiento de la zona de seguridad de dicha instalación militar, fijada en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones para la Defensa Nacional.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Pirenáica Oriental, dispongo:
Primero.-Queda derogada la Orden 75/1981, de 14 de mayo, por la que se señalaba la zona de seguridad del acuartelamiento «General Ricardos», en Barbastro (Huesca).
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de abril de 1997.
SERRA REXACH
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