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Documento BOE-A-1997-8146

Resolución de 26 de marzo de 1997, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declaran caducados 29 expedientes de beneficios de las grandes áreas de expansión industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla-La Vieja y León y Galicia, concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1997, páginas 12019 a 12020 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-8146

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 7 de febrero de 1997, adoptó un Acuerdo, por el que se declaran caducados 29 expedientes de beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León y Galicia concedidos a determinadas empresas, por incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda.

Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo, esta Secretaría de Estado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer:

Primero.-Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al texto íntegro del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 7 de febrero de 1997, por el que se declaran caducados 29 expedientes de beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial citadas, concedidos a determinadas empresas. Dicho texto, con relación nominal de las empresas afectadas, se incluye como anexo a esta Resolución.

Segundo.-En virtud de lo establecido en el apartado 6 de la base quinta del Real Decreto 3361/1983 y en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de julio de 1996, se dará traslado del Acuerdo antes citado a los interesados y se comunicará, en su caso, a las correspondientes Delegaciones Provinciales del Ministerio de Economía y Hacienda y de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a efectos de reintegro de las cantidades que procedan.

Madrid, 26 de marzo de 1997.-El Secretario de Estado, José Folgado Blanco.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN

Texto del Acuerdo de Consejo de Ministros

El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, que amplía la delimitación de la Gran Área de Expansión Industrial de Castilla-La Mancha, convoca concurso para beneficios en la misma y modifica las bases de convocatorias en Grandes Áreas de Galicia, Extremadura, Andalucía y Castilla La Vieja y León, y de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 2.º, base 5.6 para los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial, eleva al Consejo de Ministros la siguiente propuesta de:

ACUERDO

Examinados los expedientes de concesión de los beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León y Galicia, a las empresas que se relacionan en el anexo de este Acuerdo, a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos beneficios;

Resultando: Que los beneficios fueron otorgados por diversos Acuerdos de Consejo de Ministros y notificados a las empresas por medio de resoluciones individuales que establecen las condiciones específicas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados beneficios, y que estas resoluciones individuales fueron aceptadas por las respectivas empresas;

Resultando: Que las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo no acreditaron en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones legalmente establecidas y aceptadas, y por ello se instruyeron los oportunos expedientes de caducidad de los beneficios, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre, antes citado;

Resultando: Que constan en los expedientes respectivos los pagos de las cantidades señaladas como subvención percibida por cada una de las empresas.

Vistos: Dicho Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre; el Real Decreto 847/1986, de 11 de abril, que asigna al Ministerio de Economía y Hacienda determinadas funciones de desarrollo regional; el Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda; el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria; la disposición transitoria segunda de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y demás disposiciones de aplicación, así como el informe de la Dirección General competente;

Considerando: Que en la instrucción de los expedientes se han observado todas las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 2.º, base quinta, apartado 6 del Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre;

Considerando: Que realizando una interpretación integradora del ordenamiento jurídico, que se deriva del artículo 3.º del Código Civil, se aplica a estos expedientes lo dispuesto en el artículo 37, apartados 3 y 4, del Real Decreto 1535/1987, modificado por el Real Decreto 302/1993, de 26 de febrero;

Considerando: Que, en algún caso, pudieran haber prescrito los derechos económicos del beneficiario, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley General Presupuestaria.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, resuelve:

Declarar el incumplimiento de condiciones de los expedientes de beneficios de las Grandes Áreas de Expansión Industrial de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla la Vieja y León y Galicia, otorgados a las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo, por no haber acreditado la totalidad de las condiciones fijadas para su disfrute. En consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento, quedando obligadas dichas empresas a reintegrar al Tesoro Público las cantidades que han percibido indebidamente, junto con los intereses correspondientes, así como a reintegrar, en su caso, el resto de los beneficios concedidos que hayan disfrutado. En el caso de que resulten derechos económicos a favor de las empresas, previamente al pago de cantidad alguna por subvención, deberá comprobarse que los mismos no han prescrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General Presupuestaria.

ANEXO AL ACUERDO SOBRE DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES EN EXPEDIENTES DE GRANDES ÁREAS DE EXPANSIÓN INDUSTRIAL. RELACIÓN DE EMPRESAS AFECTADAS

Alcance del incumplimiento / Subvención / Cantidades / Subvención / A reintegrar / al Tesoro

percibidas

-

Pesetas / procedente

-

Pesetas / Número

de expediente / Titular / Acuerdo

concesión / Vencimiento

plazo / concedida

-

Pesetas / Incumplimiento

conjunto / Condiciones incumplidas

y porcentaje

de incumplimiento / Público (*)

-

Pesetas

AL/478/AA. / «Hotel Puerto Mar, S. A.». / 10- 2-1989 / 43-1994 / 212.391.250 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100.

No acreditación de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. / 0 / 0 / 0

AL/565/AA. / «St. Joe Transacción Inc. y Cía., S. R. C.». / 24- 2-1989 / 18- 3-1994 / 20.181.380 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AL/648/AA. / «Iniciativas Alimentarias Almeriense, S. A.». / 25-11-1988 / 22-12-1993 / 29.380.000 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AL/730/AA. / «Crespo Flowers, S. A.». / 30- 6-1994 / 187-1994 / 52.965.900 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AL/738/AA. / «Indálica de Pescados, S. A.». / 24-2-1989 / 18-3-1994 / 5.784.660 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

CO/722/AA. / «Aquazahara, S. A.». / 30-6-1989 / 18-7-1994 / 105.909.320 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

GR/312/AA. / Diego Guarderas Guarderas. / 13-6-1986 / 5-7-1991 / 3.602.970 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

MA/475/AA. / S. A. T. LOS CHAVOS, 7528. / 24-2-1989 / 18-3-1994 / 6.138.200 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

SE/1173/AA. / «Talleres Mayma, S. L.». / 24-2-1989 / 18-3-1994 / 1.640.850 / Total. / Inversión: 53,02. / 0 / 0 / 0

SE/1210/AA. / «Agrar Andalucía, S. A.». / 24-2-1989 / 18-3-1994 / 6.589.540 / Parcial. / Inversión: 9,44. / 0 / 5.967.487 / 0

AZA/58/CL. / Bonifacio González Mezquita. / 21-12-1983 / 6-1-1989 / 1.001.150 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/185/CM. / «Vela Marín, S. A.». / 17-1-1987 / 17-2-1992 / 2.841.200 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/186/CM. / Talaya y Sebas, C. B. / 17-1-1987 / 17-2-1992 / 2.976.900 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/187/CM. / Álvaro Ruiz-Sotomayor Aguado. / 22-5-1987 / 10-6-1992 / 6.505.900 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/191/CM. / José María López Valero. / 22-5-1987 / 10-6-1992 / 2.560.000 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/193/CM. / Antonio Ruiz López. / 8-5-1987 / 23-5-1992 / 1.574.700 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/214/CM. / Pilar Moreno Cruz. / 22-5-1987 / 10-6-1992 / 4.557.520 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/227/CM. / «Ajarafe, S. A.». / 26-6-1987 / 14-7-1992 / 3.491.440 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100.

No acreditación de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. / 0 / 0 / 0

AB/228/CM. / José García Ballester. / 26-6-1987 / 14-7-1992 / 4.204.330 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100.

No acreditación de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. / 0 / 0 / 0

AB/236/CM. / «Agropecuaria Pagan, S. A.». / 24-6-1988 / 2-8-1993 / 11.656.960 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100.

No acreditación de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. / 0 / 0 / 0

AB/247/CM. / «Sotos Herreros, S. A. L.». / 4-12-1987 / 19-1-1993 / 7.229.200 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AB/360/CM. / «Confecciones Thereman, Sociedad Anónima Laboral». / 10-2-1989 / 4-3-1994 / 3.091.600 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

CR/141/CM. / «Finca las Beatas, S. A.». / 24-2-1989 / 18-3-1994 / 19.363.470 / Parcial. / Empleo: 50.

Inversión: 0,84. / 0 / 9.519.082 / 0

AG/1362 / «Piscifactoría de Arceo, S. A.». / 27-4-1983 / 4-5-1988 / 18.584.153 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AG/1580 / «Forjados Padrón, S. L.». / 21-12-1983 / 6-1-1989 / 3.600.000 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AG/1594. / Asociación Sindical Empresarios del Pgono. Ind. de Carballo. / 21-12-1983 / 6-1-1989 / 77.003.400 / Parcial. / Inversión: 3,29. / 0 / 74.469.808 / 0

AG/1771 / José Brey Rodríguez. / 11-4-1984 / 23-4-1989 / 13.634.000 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

AG/1844 / «Cuevas y Cía., S. A.». / 18-7-1984 / 20-8-1989 / 21.701.280 / Parcial. / Inversión: 17,589. / 9.802.699 / (**) 17.884.072 / 0

AG/2071 / «Piscifactoría Arceo, S. A.». / 2-4-1985 / 19-4-1990 / 6.971.250 / Total. / Empleo: 100.

Inversión: 100. / 0 / 0 / 0

(*) Junto con los intereses correspondinetes. Asimismo, deberán reintegrar, en su caso, el resto de los beneficios concedidos que hayan disfrutado.

(**) Previamente al pago se comprobará si han prescrito los derechos de esta empresa (artículo 46 de la Ley General Presupuestaria).

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