Con fecha de 7 de octubre de 1996, la Sala Tercera-Sección Séptima del Tribunal Supremo dictó sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1/140/94, interpuesto por el Sindicato de Enfermería (SATSE) contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de diciembre de 1993 por el que se modifican las retribuciones de los Supervisores de Área y de Unidad al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, dependientes del INSALUD.
La parte dispositiva de dicha sentencia es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos la causa de inadmisibilidad opuesta por el Abogado del Estado frente al recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada doña María del Puerto Río Salas en representación del Sindicato de Enfermería (SATSE), contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de diciembre de 1993 por el que se modifican las retribuciones de los Supervisores de Área y de Unidad al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD, absteniéndose de entrar a conocer del fondo de dicho recurso, y sin hacer especial imposición de costas.»
El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo previsto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 19 de marzo de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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