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Documento BOE-A-1997-6707

Resolución de 28 de febrero de 1997, de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 2.584/1994, interpuesto por doña María del Pilar Valle González y otras.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1997, páginas 10345 a 10345 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-6707

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 26 de septiembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 2.584/1994, interpuesto por doña María del Pilar Valle González, doña Magina-Marina Arango Lorenzo, doña María del Carmen Malvar Carballal, doña Amalia-Alejandrina Bóveda Álvarez, doña María de las Mercedes López de Pedro, doña Ana María Godoy González y doña María de los Ángeles Braga Ferrer, contra las resoluciones de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que les desestimaron sus solicitudes de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que actualmente pertenecen.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Pilar Valle González y otras relacionadas al principio contra la resolución referida al principio, denegatoria de la valoración de todos los trienios conforme al último grupo, o actual, a que pertenecen los funcionarios, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho; sin hacer imposición de costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 28 de febrero de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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