Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-621

Resolución de 29 de noviembre de 1996, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 850/1992, promovido por «Recreativos Franco, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1997, páginas 955 a 955 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-621

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 850/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Recreativos Franco, Sociedad Anónima», contra las Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de junio de 1990 y de 6 de marzo de 1992, se ha dictado, con fecha 5 de febrero de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil ecreativos Franco, Sociedad Anónima'', domiciliada en Madrid, contra la Resolución de fecha 6 de junio de 1990 del Registro de la Propiedad Industrial [por la que se concedió a la entidad mercantil irsa, Compañía de Inversiones, Sociedad Anónima'', domiciliada en Tarrasa (Barcelona), la inscripción del modelo de utilidad número 8802317/6 denominado áquina de juego recreativo, perfeccionada'', solicitada por la misma en fecha de 20 de julio de 1988], y contra la Resolución de fecha 6 de marzo de 1992, de la misma Oficina registral (por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por la entidad mercantil primeramente citada ecreativos Franco, Sociedad Anónima'', a través de escrito presentado en fecha de 13 de septiembre de 1990, contra aquella resolución registral de fecha 6 de junio de 1990, de concesión de inscripción de dicho modelo de utilidad), debemos declarar y declaramos que las resoluciones administrativas impugnadas son conformes con el ordenamiento jurídico. Y ello sin que proceda hacer especial pronunciamiento en cuanto a costas procesales.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid