En el recurso contencioso-administrativo número 1.434/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Industrias y Confecciones, Sociedad Anónima» (INDUYCO, S. A.), contra las Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de diciembre de 1990 y de 10 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 21 de julio de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ndustrias y Confecciones, Sociedad Anónima'', contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 10 de junio de 1992, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución del mismo Registro de fecha 5 de diciembre de 1990, que concedió la inscripción de la marca número 1.270.163 hileas Fogg'' (con gráfico) para amparar productos de la clase 30 reparaciones hechas con cereales y aperitivos no comprendidos en otras clases'', anulando dicha Resolución por no ser ajustada a Derecho; sin imponer a parte determinada las costas de este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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