Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-5984

Resolución de 5 de marzo de 1997, de la Consejería de Justicia, por la que se rectifica el anexo 1 publicado en la Resolución de la Consejería de Justicia de convocatoria de concurso de traslado de plazas vacantes del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia en Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 1997, páginas 9015 a 9015 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1997-5984

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose detectado diversos errores en el anexo 1 de la convocatoria de la Consejera de Justicia de la Generalidad de Cataluña de concurso de traslado de plazas vacantes del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia en Cataluña publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 305, de 19 de diciembre de 1996, consistentes en que aparece en el Juzgado de Menores de Tarragona una vacante que en realidad no lo es por tratarse de una plaza ocupada por un funcionario que es el titular del puesto convocado y, en que se establece para todas las plazas vacantes la valoración de conocimientos informáticos como mérito, resuelvo:

Primero.-Rectificar el anexo 1 publicado en la Resolución de la Consejera de Justicia de convocatoria de concurso de traslado de plazas vacantes del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia en Cataluña publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 305, de 19 de diciembre de 1996, en el sentido de excluir del citado anexo la plaza vacante de Auxiliar del Juzgado de Menores de Tarragona, y de suprimir del mismo la valoración de conocimientos informáticos como mérito, en las plazas vacantes de los centros de trabajo siguientes:

Adscripción Fiscalía Granollers:

Registro Civil único Barcelona:

Primera Instancia e Instrucción número 4 de Arenys de Mar.

Primera Instancia e Instrucción Decanato Arenys de Mar.

Primera Instancia e Instrucción número 7 de Badalona.

Primera Instancia e Instrucción número 8 de Badalona.

Primera Instancia e Instrucción número 10 de Badalona.

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Berga.

Primera Instancia e Instrucción número 4 de Granollers.

Primera Instancia e Instrucción número 5 de Granollers.

Primera Instancia e Instrucción número 7 de Granollers.

Primera Instancia e Instrucción número 3 de Igualada.

Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mollet.

Primera Instancia e Instrucción número 4 de Rubí.

Primera Instancia e Instrucción número 4 de Sant Feliu Llobregat.

Primera Instancia e Instrucción número 5 de Sant Feliu de Llobregat.

Primera Instancia e Instrucción número 4 de Santa Coloma de Granollers.

Primera Instancia e Instrucción número 6 de Santa Coloma de Granollers.

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Vilanova i la Geltrú.

Primera Instancia e Instrucción número 6 de Vilanova i la Geltrú.

Penal número 16 de Barcelona.

Penal número 23 de Barcelona.

Social Servicio Notificaciones y Embargos B.

Paz Calella.

Paz Sant Vicenç dels Horts.

Primera Instancia e Instrucción número 3 de La Bisbal E.

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Blanes.

Primera Instancia e Instrucción número 3 de Figueres.

Primera Instancia e Instrucción número 4 de Figueres.

Primera Instancia e Instrucción número 5 de Figueres.

Primera Instancia e Instrucción número 6 de Figueres.

Primera Instancia e Instrucción de Ripoll.

Audiencia Provincial Sección 1 de Lleida.

Audiencia Provincial Secretaría de Lleida.

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cervera.

Fiscalía Tarragona.

Primera Instancia e Instrucción de Gandesa.

Primera Instancia e Instrucción número 2 de El Vendrell.

Primera Instancia e Instrucción número 3 de El Vendrell.

Primera Instancia e Instrucción número 4 de El Vendrell.

Penal número 1 de Tarragona.

Penal número 2 de Tarragona.

Social número 2 de Tarragona.

Segundo.-Que se rectifique el listado de resultas expuesto en los tablones de anuncios de los centros de trabajo indicados en el punto 3 de la base primera de la convocatoria, en el sentido de suprimir del mismo la valoración de conocimientos informáticos como mérito en las plazas en que dichos conocimientos no hayan de ser valorados.

Tercero.-El Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, el Ministerio de Justicia o la Consejería de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del País Vasco, según corresponda, comunicará individualmente, mediante el anexo 3 publicado en las diferentes convocatorias, a los funcionarios que hayan solicitado alguna plaza afectada por la presente resolución, la posibilidad de presentar una nueva solicitud.

Barcelona, 5 de marzo de 1997.-La Consejera, Nuria de Gispert i Català.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid