Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 15 de octubre de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 772/1995, promovido por doña Ángeles Inés y doña Amalia Casado Carrero, sobre valoración de trienios, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Primero.-Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada señora Patón Gómez, en nombre y representación de las señoras doña Ángeles Inés y doña Amalia Casado Carrero, contra resoluciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 18 de marzo de 1994, y del Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 24 de marzo de 1994, en materia de trienios, a que las presentes actuaciones se contraen, por ser conformes a Derecho las resoluciones recurridas, que en consecuencia procede confirmar.
Segundo.-Desestimamos las restantes pretensiones deducidas, sin pronunciamiento expreso sobre costas procesales.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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