En el recurso contencioso-administrativo número 880/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Viajes Puma, Sociedad Anónima», contra las Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de abril de 1992, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 26 de junio de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por iajes Puma, Sociedad Anónima'', contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de mayo de 1993, confirmatoria en reposición de la de 2 de abril de 1992 que denegó el registro de la marca 1.512.238 Royal Jet, con gráfico, debemos anular y anulamos dichas Resoluciones por no ser conformes a Derecho, al no estimarse el óbice a que este pleito se refiere, y reconocemos y declaramos el derecho de la recurrente a que se practique dicha inscripción; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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