En el recurso contencioso-administrativo número 786/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por L'Anif, S.C.P., contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 21 de mayo de 1991, se ha dictado, con fecha 1 de abril de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el presente recurso; sin condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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