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Documento BOE-A-1997-5450

Resolución de 25 de febrero de 1997, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso-oposición libre para cubrir plazas vacantes en la plantilla de personal laboral.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 1997, páginas 8279 a 8284 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-5450

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el apartado h) del artículo 67 de los Estatutos de esta Universidad; la disposición adicional tercera del Real Decreto 2168/1984, de 26 de noviembre; lo establecido en el artículo 3.2.e) de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de conformidad con lo dispuesto en los títulos I y III del Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, oído el Comité de Empresa, ha resuelto convocar concurso-oposición libre para cubrir, mediante contratación laboral de carácter fijo, las plazas de personal laboral que se indican en la norma 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la plantilla de esta Universidad, con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca concurso-oposición libre para cubrir las siguientes plazas vacantes:

1.1.1 Tres plazas: Modelo en vivo. De acuerdo con el artículo 21.4 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, la presente convocatoria de plazas se limita a las que se considera de inaplazable cobertura.

1.2 La realización del proceso selectivo se ajustará, en lo que resulte aplicable, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3); Convenio Colectivo para el personal de Universidades estatales, aprobado por Resolución de 5 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 6), las normas de la presente convocatoria y los criterios generales fijados por el Ministerio para las Administraciones Públicas.

1.3 Funciones de las plazas y jornada de trabajo.

1.3.1 Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación con las categorías y grupos que aquí se convocan son las que figuran en el anexo I del Convenio citado anteriormente.

1.3.2 Las funciones específicas de las plazas, jornada de trabajo y horarios de las mismas son las que se realizan en la Unidad a la que corresponde la plaza, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Colectivo.

1.4 Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y, en lo que resulte aplicable, los Estatutos de la Universidad de Salamanca y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los organismos públicos.

1.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a los empleos públicos, y en particular:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

b) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria. Quienes tengan la condición de minusválido, reconocida por el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), deberán tener catalogada la minusvalía para la plaza a la que aspiran.

c) Títulos académicos o formación:

Plazas del grupo IV: Título de Formación Profesional de primer grado, o teniendo una formación práctica equivalente para el desempeño del puesto de trabajo domina su oficio respectivo y realiza las tareas que les sean propias.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña como anexo I a la presente convocatoria. Habrán de presentar solicitud individualizada por cada una de las plazas en que deseen participar.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Salamanca en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de Salamanca o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Administraciones Públicas.

A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Se acreditará la posesión de la titulación académica o equivalente.

3.4 Los derechos de examen de este concurso-oposición serán de 2.000 pesetas para cada plaza, que se ingresarán en la cuenta de derechos de examen de la Universidad de Salamanca número 2104-0142-10-110000103-2 de la Caja de Ahorros de Salamanca y Soria, oficina urbana número 20, calle de la Rúa, números 35-37, de Salamanca, o mediante giro postal o telegráfico a favor de la Universidad de Salamanca, Sección de Asuntos Económicos, Patio de Escuelas, número 1, 37008 Salamanca. En caso de ingreso mediante giro deberá acompañarse a la solicitud el resguardo original del giro efectuado.

3.5 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Salamanca hará pública, en el tablón de anuncios de la Universidad, situado en la planta baja del edificio del Rectorado y en el «Boletín Oficial del Estado», una Resolución con la lista de los aspirantes excluidos, con expresión de las causas de la no admisión. Serán excluidos aquellos aspirantes que no aporten copia del documento nacional de identidad, no abonar derechos de examen o no acreditar la formación exigida en el artículo 2.1.c).

3.6 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

3.7 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas.

4. Procedimiento de selección

4.1 El sistema de selección de los aspirantes será de concurso-oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el anexo II.

5. Tribunal calificador

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que figuran en el anexo III de estas bases.

5.2 Cada Tribunal podrá nombrar Vocales asesores, en un máximo de dos por cada tipo de plaza, en función de la especialidad de ésta, que actuarán con voz pero sin voto.

5.3 Con arreglo a lo dispuesto en el anexo 4 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19), en relación con el artículo 33.1 del mismo, los Tribunales tendrán las categorías que se indican, en función de las plazas:

Para las plazas del grupo IV: Categoría cuarta.

6. Actuación de los Tribunales: Desarrollo de los ejercicios

y lista de aprobados

6.1 Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de, al menos, tres de sus miembros con derecho a voto, y en todo caso el Presidente y el Secretario (o sus suplentes).

6.2 Previa convocatoria del Presidente de cada Tribunal, éste celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, cada Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

6.3 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse y los aspirantes podrán recusarlos, cuando se den en ellos los motivos y circunstancias previstos en el artículo 28 de la Ley de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Sección de Personal de Administración y Servicios, Rectorado de la Universidad de Salamanca.

6.5 Desarrollo de los ejercicios.

6.5.1 Anuncio del inicio de los ejercicios: El lugar, día y hora en que se celebrará el primer ejercicio se hará público por cada Tribunal en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo previsto para la presentación de solicitudes, y se publicará en el tablón oficial de anuncios de la Universidad, situado en la planta baja del edificio del Rectorado.

6.5.2 El inicio del segundo ejercicio se hará público por cada Tribunal, al menos cuarenta y ocho horas antes, en el mismo lugar y en la misma resolución en que publique la lista de los aspirantes que, resultando aprobados en el primer ejercicio, deban realizar el segundo.

6.5.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para cada ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente. En las plazas en que para el desarrollo de los ejercicios se precise utilizar determinado material o instrumental, los aspirantes deberán ir provistos del mismo.

6.5.4 En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.5.5 El orden de actuación de los aspirantes para los ejercicios comenzará por el primer candidato de la letra Ñ, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo).

6.5.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si algún Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad convocante, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso de reposición ante la misma autoridad indicada anteriormente.

6.5.7 El Presidente de cada Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando los impresos aprobados por Orden de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o similares, salvo que se trate de ejercicios en que el Tribunal acuerde su lectura pública por el aspirante.

6.6 Listas de aprobados.

6.6.1 Cada Tribunal hará públicas las listas de aspirantes que hayan superado cada uno de los ejercicios de la fase del concurso-oposición en el mismo lugar donde éstos se realizaron y en el tablón de anuncios de la Universidad de Salamanca.

6.6.2 Finalizada la fase del concurso-oposición, el Tribunal respectivo hará pública la lista de los aspirantes que hayan obtenido plaza por orden de puntuación total. En el plazo de tres días desde que se haga pública la relación de personas que hayan obtenido plaza, el Presidente del Tribunal correspondiente elevará propuesta de nombramiento al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad, sin que en ningún caso excedan los propuestos del número de plazas convocadas.

El Tribunal, igualmente, y de forma facultativa, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y en el caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.

6.6.3 En el supuesto de que se hayan presentado reclamaciones a la lista de aspirantes que hayan obtenido plaza, el Tribunal pertinente deberá resolverlas en el plazo máximo de tres días y, en todo caso, antes de formular la propuesta de nombramiento ante el excelentísimo señor Rector.

6.6.4 Cada Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

7. Presentación de documentos y posterior nombramiento

7.1 Los aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas, para su contratación como personal laboral fijo, presentarán en el Registro General de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales desde que se haga pública la relación de los que hayan obtenido plaza, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos; 2.1.d) de esta convocatoria.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado o por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

7.2 Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

7.3 Una vez cumplidos los requisitos de los anteriores puntos, el Rectorado de la Universidad de Salamanca hará público, en el tablón de anuncios, el nombramiento de las personas que hayan obtenido plaza en este concurso-oposición.

El nombramiento surtirá efectos cuando se formalice el contrato correspondiente.

7.4 En el contrato que se suscriba podrá fijarse un período de prueba que en ningún caso será superior al establecido legalmente y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

8. Norma final

8.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

8.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Administraciones Públicas.

Salamanca, 25 de febrero de 1997.-El Rector, Ignacio Berdugo Gómez de la Torre.

(SOLICITUD OMITIDA)

ANEXO II

Concurso-oposición

1.1 MODELO EN VIVO (GRUPO IV) (TRES PLAZAS)

Primera fase: Oposición.

Constará de dos pruebas sucesivas y eliminatorias.

Primera prueba.-Consistirá en un cuestionario tipo test de respuestas alternativas de las cuales sólo una será la correcta sobre el siguiente temario:

1. Los derechos fundamentales y libertades públicas del título primero de la Constitución española.

2. La Universidad de Salamanca: Estatutos. Régimen económico y administrativo.

3. La Universidad de Salamanca: Órganos de gobierno unipersonales y colegiados. El Consejo Social. El Claustro. La Junta de Gobierno.

4. La Universidad de Salamanca: Clases y régimen jurídico de personal de administración y servicios.

5. El Convenio Colectivo para el personal laboral de las Universidades Públicas.

6. Centros y servicios de la Universidad de Salamanca: Denominación y ubicación.

Segunda prueba.-Prueba práctica relativa a las funciones a desarrollar consistente en la adopción de diversas poses apropiadas para la impartición de clases prácticas de las enseñanzas impartidas en la Facultad de Bellas Artes:

a) Varias poses rápidas.

b) Una pose estática durante el tiempo y condiciones que fije el Tribunal inmediatamente antes de su ejecución. Las poses se adoptarán según las instrucciones y directrices del Tribunal (ya sean vestidos o desnudos; fijos o en movimiento; sentados, erguidos o en equilibrio, etc.). Se valorará la actitud, aptitud, la resistencia, las formas, la ejecución y la plasticidad mostrada en las poses.

Segunda fase: Concurso

El Tribunal valorará el currículum vitae y trayectoria profesional de los aspirantes en relación con su adecuación e idoneidad para la plaza convocada. Se valorarán especialmente los servicios efectivos prestados, como modelo. El Tribunal convocará a los aspirantes a una entrevista personal de duración máxima de veinte minutos en la que se debatirán los méritos aducidos por los candidatos y su currículum profesional, con el objeto de acreditar la realidad de su formación, aptitud psicotécnica y capacidad para las labores propias de la plaza convocada.

Disposiciones comunes

1. Cada prueba de la fase de oposición será valorada de cero a diez puntos, siendo preciso obtener un mínimo de cinco puntos en cada prueba, según el baremo fijado por el Tribunal, para acceder a la fase de concurso. La segunda prueba se calificará primeramente de apto o no apto, y sólo se asignará puntuación para aquellos que la superen como aptos.

2. La fase de concurso se valorará de cero a diez puntos. Los puntos de esta fase no podrán utilizarse para obtener el mínimo de aprobado de los ejercicios de la fase de oposición.

3. Se declararán aprobados a aquellos aspirantes que, superando las dos pruebas, obtengan la máxima puntuación como resultado de sumar las calificaciones parciales y la correspondiente a la fase de concurso. En caso de empate en la puntuación se atenderá al orden obtenido por la mayor puntuación en la segunda prueba y de persistir el empate por la puntuación obtenida en la fase de concurso.

4. No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización de los ejercicios. Únicamente los que accedan a la fase de concurso podrán aportar la justificación documental que consideren oportuna de su trayectoria profesional y formativa y habilidades apropiadas para la plaza, para su examen por el Tribunal. Dicha documentación deberá aportarse como trámite previo a la realización de la entrevista atendiendo al requerimiento que formule el Tribunal al efecto al hacer pública la lista de aprobados del segundo ejercicio.

ANEXO III

Tribunales

1.1 MODELO EN VIVO (GRUPO IV)

Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la Universidad, por delegación del Rector.

Vocales: Don José Ramón Chaves García, Jefe de los Servicios Jurídicos de la Universidad, por designación del Rector; don Javier Gómez de Segura Hernández, Profesor asociado de la Universidad, por designación del Rector; don Julio Serrano Gracia, miembro del Comité de empresa de la Universidad, y don Francisco Javier Cembellín Martín, miembro del Comité de empresa de la Universidad.

Secretaria: Doña María Teresa Alonso Cordero, Jefe de Sección de Personal de Administración y Servicios.

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