Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/0000793/1994, interpuesto por don Raúl Casado Castro, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 26 de septiembre de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Que estimando parcialmente el presente recurso número 793/1994, interpuesto por don Raúl Casado Castro, contra la Resolución del Ministerio de Justicia (Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios) de 3 de septiembre de 1993, descrita en el primer fundamento de Derecho, anulamos dicha Resolución y dejamos sin efecto la sanción impuesta al recurrente.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de diciembre de 1996.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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