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Documento BOE-A-1997-4909

Resolución de 17 de febrero de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas de estudio para españoles, en cualquier país del Mundo Árabe, África, Asia u Oceanía, curso académico 1997/1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 1997, páginas 7419 a 7427 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-4909

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas de formación y de intercambio que desarrolla este organismo en el ámbito de la Cooperación Educativa y Científica con los Países Árabes, Mediterráneo y Países en Desarrollo, corresponde proceder a la convocatoria de Becas y ayudas de estudio para el curso 1997/1998, convocatoria que debe ser difundida con la necesaria publicidad.

En su virtud y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado 4.ºde la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), según redacción dada por la Orden de 21 de enero de 1997, por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y por la que se establece la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural y científica o de intercambio, y por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Ordenar la publicación de la convocatoria del concurso general de becas y ayudas de estudio para el curso académico 1997/1998, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo.

Segundo.-Trimestralmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de becas y ayudas concedidas con arreglo a esta convocatoria.

Tercero.-La convocatoria será expuesta en los tablones de anuncios de las Representaciones Diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

El Presidente o, en su caso, el Secretario general, designarán a la persona adecuada para que, en el ámbito de esta convocatoria, dicte cuantas normas e instrucciones sean precisas en la interpretación, desarrollo y ejecución de la misma.

Madrid, 17 de febrero de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Director general del ICMAMPD y Vicesecretario general de la AECI.

ANEXO

Convocatoria de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) para la concesión de becas y ayudas a españoles, que deseen realizar estudios en países africanos o asiáticos, prioritariamente en países árabes, China e India, durante el curso 1997-1998

Según lo establecido en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992, la Agencia Española de Cooperación Internacional convoca un concurso para la adjudicación de becas y ayudas a ciudadanos españoles, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134 A.481, para realizar estudios en países africanos o asiáticos, prioritariamente en países árabes, China e India. El otorgamiento de dichas becas estará condicionado a la existencia de crédito presupuestario durante los años 1997 y 1998.

Primero. Estudios para los que se conceden becas.

Las becas se destinan a la realización de estudios de la lengua árabe e investigación sobre temas árabes, hispano-árabes e islámicos, de acuerdo con los detalles que se indican en esta convocatoria. En China e India, las becas se conceden para realizar estudios de chino o hindi, así como posgrado, especialización, o investigación en general, en los centros que determinen las autoridades académicas de los citados países.

Segundo. Requisitos para solicitar una beca.

a) Tener nacionalidad española.

b) Tener la titulación académica que se requiera en el país solicitado.

c) Tener conocimientos del idioma extranjero según el país que se solicita (árabe, francés, inglés, chino o hindi).

d) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

Tercero. Documentación que deben presentar los solicitantes.

a) Impreso oficial de solicitud (duplicado).

b) Fotocopia del DNI/NIF (duplicado)

c) Certificado de estudios con calificaciones y fotocopia del título y/o diplomas (duplicado).

d) Currículum vitae.

e) Anteproyecto de los estudios a realizar.

f) Dos cartas de presentación de profesores.

g) Certificado de los idiomas árabe, francés, inglés, chino, o hindi, según el país solicitado.

h) Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa (duplicado).

i) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social. Cuando el interesado no esté sujeto a obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, deberá acreditarlo mediante declaración responsable, manifestando las causas de las que se derive la no sujeción.

j) Documentación adicional que se indique en cada caso, según se especifique en los apartados posteriores de esta convocatoria referidos al país solicitado.

Toda la documentación deberá presentarse además traducida al idioma que se indique en el apartaddo correspondiente.

La documentación presentada no será devuelta, por lo que se recomienda no adjuntar documentos originales.

Cuarto. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, deberán ser presentadas en el plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional, avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid.

Embajadas, Consulados y Oficinas Técnicas de Cooperación de España.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artícu lo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Proceso de selección de las becas y resolución.

La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión Evaluadora formada por el Director general del ICMAMPD, el Subdirector general de Cooperación con Países Árabes y Mediterráneo, el Subdirector general de África Austral, Asia y Oceanía, el Subdirector general de África Occidental, Central y Oriental, y el Jefe de Becas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, el cual actuará siguiendo los criterios que se enumeran por orden jerárquico:

a) Estudios realizados y expediente académico.

b) Conocimiento de los idiomas extranjeros.

c) Estudios que se derivan de los sectores de mayor interés fijados por la Cooperación Española.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes se hará pública en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y dentro del mes siguiente a la fecha de cierre de la Convocatoria, la lista de solicitudes completas e incompletas, concediéndose un plazo adicional de diez días para completar, en su caso, los expedientes.

La Comisión Evaluadora formulará propuesta de resolución de concesión o, en su caso, renovación de las becas y ayudas, en un período de tres meses contados a partir del término del plazo para presentar las solicitudes. La Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional dictará Resolución, en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», previa aceptación de los solicitantes por las autoridades académicas del país, dado que se trata de becas de intercambio acordadas en convenios bilaterales, que se notificará a los interesados personalmente.

Contra la resolución de Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso administrativo ordinario en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicidad de la resolución ante el señor Ministro de Asuntos Exteriores, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Regimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículos 114 a 117.

La información, tramitación de expedientes y demás gestiones se realizará en la Agencia Española de Cooperación Internacional, avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid, teléfono 583-81-00.

Sexto. Obligaciones comunes a los beneficiarios.

a) Asistir al curso completo y realizar los correspondientes exámenes.

b) Entregar un informe-memoria y certificado de aprovechamiento en la Agencia Española de Cooperación Internacional, en un plazo de treinta días posteriores a la fecha de finalización del curso.

c) Seguir la formación para la cual se concedió la beca.

d) Comunicar a la Agencia Española de Cooperación Internacional la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, cualquiera que sea su procedencia, a los efectos de que la citada Agencia decida según resulten o no compatibles las ayudas en cuestión, bien la revocación de la ayuda concedida, bien la modificación, cuando en concurrencia con las demás supere el coste de la actividad a realizar por el beneficiario.

e) No ejercer actividades lucrativas durante el período de vigencia de la beca.

f) Mantener un comportamiento que no implique un perjuicio para el Estado español.

g) Facilitar toda la información útil que solicite la Agencia Española de Cooperación Internacional.

h) En caso de discrepancia sobre las condiciones de la beca, prevalecerá el criterio de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sin perjuicio de los recursos que procedan.

i) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la ayuda.

Cualquier incumplimiento de las obligaciones señaladas podrá implicar la revocación de la beca.

Séptimo. Renovación de la beca.

Cuando los estudios tengan una duración superior al primer plazo para el que se concedió la beca, se podrá solicitar la renovación de la beca, presentando en la corespondiente Embajada de España, la documentación que a continuación se relaciona, en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

a) Impreso de solicitud

b) Memoria del trabajo realizado y Plan del Proyecto a realizar.

c) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, o declaración responsable motivando las causas de exención de las citadas obligaciones.

Número y tipos de becas que se conceden

I. Becas de curso académico en los siguientes países:

Egipto: Diez becas.

Jordania: Tres becas.

Marruecos: Cinco becas.

Siria: Cuatro becas.

Túnez: Dos becas.

China: Doce becas.

India: Cinco becas.

II. Becas de verano en los siguientes países:

Egipto: Veinte becas.

Jordania: Cinco becas.

Marruecos: Diez Becas.

Siria: Dos becas.

Túnez: Cuarenta becas.

III. Ayudas de investigación en países árabes: Veinte becas.

IV. Ayudas de viaje en países árabes: Veinte becas.

I. Becas de curso académico

Egipto:

Se convocan 10 becas de estudios de lengua árabe para licenciados.

La beca comienza en octubre de 1997 y finaliza en septiembre de 1998. Podrá ser renovada por un curso académico.

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Haber realizado, como mínimo, tres cursos académicos consecutivos de lengua árabe en centros oficiales.

No haber disfrutado con anterioridad de una beca de curso de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

2. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en centro oficial durante tres años, de acuerdo con lo indicado.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al árabe o al inglés.

3. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno egipcio:

a) 180 libras egipcias mensuales.

b) 180 libras de ayuda de llegada.

c) Exención de tasas académicas en el centro que establezca el Gobierno egipcio.

d) Seguro médico, no farmacéutico.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Una ayuda de viaje de 150.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

Jordania:

Se convocan tres becas para realizar estudios de lengua árabe en Amman, para licenciados y ciudadanos en posesión del certificado de aptitud del Ciclo Superior del Primer Nivel de las Enseñanzas Especializadas de idiomas (opción lengua árabe) de la Escuela Oficial de Idiomas.

La beca comienza en septiembre 1997 y finaliza en agosto 1998.

La beca se podrá renovar por un curso académico adicional en función del nivel de estudios que se realicen.

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Haber realizado, cómo mínimo, tres cursos académicos consecutivos de lengua árabe en centros oficiales.

No haber disfrutado con anterioridad de una beca de curso de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

2. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los solicitantes deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres años de acuerdo con lo indicado.

Toda la documentación deberá traducirse al árabe o al ingles.

3. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno jordano:

a) 40 dinares jordanos mensuales.

b) 30 dinares al comienzo de curso, para material.

c) 30 dinares jordanos al comienzo del invierno.

d) Seguro médico, no farmacéutico.

e) Exención de tasas académicas.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Una ayuda de viaje de 150.000 pesetas, a deducir un 2 por 100 de retención fiscal.

Marruecos:

Se convocan cinco becas para licenciados para realizar estudios de lengua árabe en la Universidad, o investigación. Los cursos de lengua árabe no serán específicos para estudiantes extranjeros y podrán matricularse como oyentes en el Departamento de Árabe, en la Facultad elegida.

El período de duración de la beca dependerá de los estudios a realizar.

La posibilidad de renovación de la beca dependerá de los estudios elegidos.

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Haber realizado, cómo mínimo, tres cursos académicos consecutivos de lengua árabe en centros oficiales.

No haber disfrutado con anterioridad de una beca de curso de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

2. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres años consecutivos de acuerdo con lo indicado.

Título de Licenciatura (dos copias cotejadas).

Certificado de notas de los cursos que componen la Licenciatura.

Seis fotografías.

Acta de nacimiento original más dos copias cotejadas.

Dos fotocopias compulsadas o cotejadas del pasaporte.

Solicitud manuscrita donde se precise los estudios a realizar y el lugar.

Si fuera a realizar un trabajo de investigación, se adjuntará informe del Director de ésta.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al francés.

3. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno marroquí:

a) 1.400 dirhans mensuales.

b) Alojamiento en una residencia universitaria, si la estancia fuera en Rabat.

c) Seguro médico, no farmacéutico.

d) Exención de las tasas académicas.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Una ayuda de viaje de 60.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

Siria:

Se convocan cuatro becas para licenciados y estudiantes en posesión del certificado de aptitud del Ciclo Superior del Primer Nivel de la Enseñanza Especializada de Idiomas (lengua árabe) de la Escuela Oficial de Idiomas, para realizar un curso de lengua árabe.

El período de duración de la beca será de doce meses, comenzando en octubre de 1997 y finalizando en septiembre de 1998.

La beca podrá ser renovada por un año académico.

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Haber realizado, como mínimo, tres cursos académicos consecutivos de lengua árabe en centros oficiales.

No haber disfrutado con anterioridad de una beca de curso de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

2. Documentación adicional.

Además de la documentación realizada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en centros oficiales durante tres cursos académicos consecutivos de acuerdo con lo indicado.

Toda la documentación deberá ir traducida al árabe o al inglés.

3. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno sirio:

a) 900 libras sirias mensuales.

b) 600 libras para adquisición de libros.

c) Posibilidad de alojamiento en la Ciudad Universitaria por una cantidad de 25 libras sirias mensuales.

d) Asistencia médica gratuita, no farmacéutica, y hospitalaria.

e) Exención de tasas académicas.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Una ayuda de viaje de 150.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

Túnez:

Se convocan dos becas para realizar estudios de lengua árabe e investigación para licenciados.

El período de duración será de diez meses, comenzando en el mes de septiembre de 1997 y finalizando en el mes de junio de 1998.

La beca no podrá ser renovada.

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Haber realizado, como mínimo, tres cursos consecutivos de lengua árabe en centros oficiales.

No haber disfrutado con anterioridad de beca de curso de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

2. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en centros oficiales durante tres cursos académicos consecutivos de acuerdo con lo indicado.

Escrito indicando:

a) Los estudios a realizar (perfeccionamiento o tema de la investigación).

b) Institución en la cual desea efectuar sus investigaciones.

c) Duración de la investigación a realizar.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al francés.

3. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno tunecino:

a) 70 dinares mensuales.

b) Alojamiento en una residencia universitaria.

c) Acceso a los comedores universitarios.

d) Asistencia médica, no farmacéutica, y hospitalaria.

e) Exención de tasas académicas.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Una ayuda de viaje de 60.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

China:

Se convocan doce becas del 1 de septiembre de 1997 al 31 de agosto de 1998, para estudios de chino o posgrado, especialización, o investigación en general. La beca podrá ser renovada en dos ocasiones hasta totalizar un máximo de tres cursos académicos. Se concederá sólo el primer año para el perfeccionamiento del chino.

1. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos preseleccionados deberán cumplimentar el impreso oficial de la Comisión Estatal de Educación China.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al inglés o chino.

2. Condiciones económicas.

Previstas con cargo al Gobierno chino:

a) Entre 225 y 295 yuanes mensuales, según la titulación.

b) Matrícula en el centro de estudios correspondiente.

c) Material docente.

d) Alojamiento.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Dos ayudas de viaje de 125.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal. Una al comienzo de la formación, y otra al finalizar definitivamente los estudios.

c) Asistencia en viaje en los términos de la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

India:

Se convocan cinco becas del 1 de julio de 1997 al 30 de junio de 1998, para estudios de hindi, posgrado, especialización o investigación en general. La beca podrá ser renovada sólo un curso académico.

1. Documentación adicional.

Además de la documentación relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos preseleccionados deberán cumplimentar cinco ejemplares del impreso oficial del Consejo Indio para las Relaciones Culturales y realizar una prueba de idioma en la Embajada de la República de la India en Madrid.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al inglés o hindi.

2. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno indio:

a) 900 rupias mensuales.

b) Matrícula en el centro de estudios correspondiente.

c) Transporte de viajes de estudios aceptados previamente por las autoridades competentes.

d) Ayuda para libros entre 450 y 750 rupias anuales.

En algunos casos, y de acuerdo con las disponibilidades de plazas en residencia universitaria en algunas localidades, las autoridades de la India pueden facilitar alojamiento en condiciones ventajosas.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Ayuda de 53.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente que según la normativa en vigor es del 25 por 100, y que se abonará trimestralmente.

b) Dos ayudas de viaje de 125.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal. Una al comienzo de la formación, y otra al finalizar definitivamente los estudios.

c) Asistencia en viaje en los términos de la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

II. Becas de verano en países árabes

Egipto:

Se convocan 20 becas para realizar estudios de lengua árabe en El Cairo, en la Escuela de Orman.

La duración de estas becas será de un máximo de dos meses (principios de julio a finales de agosto).

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Para Licenciados:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994 y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de Licenciatura de plan antiguo:

Haber realizado tres cursos de la Licenciatura y tres cursos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de Licenciatura de plan nuevo:

Haber obtenido la mitad de los créditos que constituyen los estudios de Licenciatura y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de la Escuela Oficial de Idiomas:

Estar en posesión del certificado del Ciclo Elemental (especialidad lengua árabe).

2. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres cursos académicos de acuerdo con lo indicado.

Toda la documentación deberá traducirse al árabe o al inglés.

3. Condiciones económicas:

Previsto con cargo al Gobierno egipcio:

a) 180 libras egipcias mensuales

b) Matrícula gratuita en la Escuela de Orman

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Una ayuda de viaje de 150.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

b) Seguro de asistencia médica primaria no farmaceútica, en las condiciones que se establezcan en la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros que se determine, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

Jordania:

Se convocan cinco becas para realizar estudios de lengua árabe en la Universidad de verano de Amman.

La duración de estas becas será de un máximo de dos meses (mediados de junio a mediados de agosto).

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Ser Licenciados en Filología Árabe, Filología Semítica (opción árabe), Traducción e Interpretación (especialidad lengua árabe) o estar en posesión del certificado de aptitud del Ciclo Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas (especialidad lengua árabe).

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Toda la documentación deberá traducirse al árabe o al inglés.

2. Condiciones económicas.

Previsto con cargo a la Universidad jordana de Amman.

a) Matrícula gratuita en el curso.

b) Alojamiento en una residencia femenina.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Una ayuda de viaje de 150.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

b) Seguro de asistencia médica primaria no farmaceútica, en las condiciones que se establezcan en la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros que se determine, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

Marruecos:

Se convocan 10 becas para realizar estudios de lengua árabe en la Universidad Mohamed V -Facultad de Ciencias de la Educación- de Rabat.

La beca tendrá un mes de duración (julio).

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Para Licenciados:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

Haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de Licenciatura (plan antiguo):

Haber realizado tres cursos de la Licenciatura y tres cursos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de Licenciatura (plan nuevo):

Haber obtenido la mitad de los créditos que constituyen los estudios de Licenciatura y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de la Escuela Oficial de Idiomas:

Estar en posesión del certificado del Ciclo Elemental (especialidad lengua árabe).

2. Documentación adicional.

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres cursos académicos de acuerdo con lo indicado.

Dos fotocopias cotejadas del título de Bachillerato.

Cuatro fotografías tamaño carné.

Acta de nacimiento original más dos copias cotejadas.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al francés.

3. Condiciones económicas.

Previstas con cargo al Gobierno marroquí:

a) Matrícula gratuita en el curso.

b) Alojamiento en una residencia universitaria.

c) Una ayuda de 1.000 dirhans.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Una ayuda de viaje de 60.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

b) Seguro de asistencia médica primaria no farmaceútica, en las condiciones que se establezcan en la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros que se determine, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

Siria:

Se convocan dos becas para realizar un curso de lengua árabe en Damasco.

La beca tendrá una duración aproximada de tres a cuatro meses (principios de junio a mediados de septiembre).

1. Requisitos específicos.

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Ser Licenciados en Filología Árabe, Filología Semítica (opción árabe), Traducción e Interpretación (especialidad lengua árabe) o estar en posesión del certificado de aptitud del Ciclo Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas (especialidad lengua árabe).

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994.

2. Condiciones económicas.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Una ayuda de viaje de 150.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

b) Para pago de alojamiento, manutención y matrícula del curso, un máximo de 300.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

c) Seguro de asistencia médica primaria no farmaceútica, en las condiciones que se establezcan en la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros que se determine, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

Túnez:

Se convocan 40 becas para realizar estudios de lengua árabe en el Instituto Bourguiba de Túnez.

La beca tendrá una duración de un mes (julio).

1. Requisitos específicos:

Además de los relacionados en el apartado segundo de esta convocatoria, los solicitantes deberán:

Para Licenciados:

Haber finalizado los estudios no antes del año 1994 y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de Licenciatura de plan antiguo:

Haber realizado tres cursos de Licenciatura y tres cursos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de Licenciatura de plan nuevo:

Haber obtenido la mitad de los créditos que constituyen los estudios de Licenciatura y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

Para estudiantes de la Escuela Oficial de Idiomas:

Estar en posesión del certificado del Ciclo Elemental (especialidad lengua árabe).

2. Documentación adicional:

Además de la relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, los candidatos deberán presentar:

Certificado acreditativo de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres cursos académicos, de acuerdo con lo indicado.

Toda la documentación deberá presentarse traducida al francés.

3. Condiciones económicas.

Previsto con cargo al Gobierno tunecino:

a) Matrícula gratuita en el curso.

b) Alojamiento en una residencia.

c) Una cantidad sin determinar de dinares tunecinos para gastos de alimentación.

Con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional:

a) Una ayuda de viaje de 60.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

b) Seguro de asistencia médica primaria no farmaceútica, en las condiciones que se establezcan en la póliza que suscriba la Agencia Española de Cooperación Internacional con la compañía de seguros que se determine, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

Las ayudas con cargo a la Agencia Española de Cooperación Internacional se abonarán al inicio de la beca.

No podrán optar a estas becas los estudiantes que hayan disfrutado con anterioridad de una beca de curso o dos becas de verano.

III. Ayudas de investigación en países africanos y asiáticos, prioritariamente países árabes

Se convocan 22 ayudas de investigación, de un mes de duración, para realizar investigaciones sobre temas árabes, hispano-árabes o islámicos, en países africanos y asiáticos, prioritariamente países árabes, durante los meses de julio a septiembre.

1. Requisitos específicos.

Dada la naturaleza de estas ayudas, los solicitantes podrán ser ciudadanos de nacionalidad española o bien de países de la Unión Europea a los que sean de aplicación las disposiciones del Reglamento 1612/68.

Los solicitantes deberán cumplir con los requisitos del apartado segundo, párrafos b), c) y d), de esta convocatoria y deberán:

Ser Licenciados, preparando su tesina de licenciatura o su tesis doctoral, doctores o profesionales de la docencia.

2. Documentación adicional.

Los solicitantes deberán adjuntar la documentación relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, párrafos a), b), c) (los Licenciados: certificado académico. Doctores y profesionales de la docencia: Fotocopia del título y/o diplomas), d), e), f) (Licenciados y Doctores), h) e i).

Además de la documentación indicada, que podrá ser presentada en un único ejemplar, deberán aportar:

Escrito del Director, acreditativo de estar realizando el trabajo de investigación y de la necesidad de desplazarse cuando la investigación para la que solicitó la ayuda fuera para realizar la tesina o tesis doctoral.

Carta de la aceptación de la biblioteca o centro extranjero donde se vaya a realizar el estudio.

3. Condiciones económicas.

La ayuda comprende 103.000 pesetas de las que se deducirá la retención fiscal que corresponda, que según la normativa en vigor es del 2 por 100, y que se abonará al inicio de la investigación.

IV. Ayudas de viaje para realizar cursos de lengua árabe en países árabes

Se convocan 22 ayudas de viaje para realizar cursos de lengua árabe en países árabes durante los meses de julio a septiembre.

1. Requisitos específicos.

Dada la naturaleza de estas ayudas, los solicitantes podrán ser ciudadanos de nacionalidad española o bien de países de la Unión Europea a los que sean de aplicación las disposiciones del Reglamento 1612/68.

Los solicitantes deberán reunir los requisitos del apartado segundo, párrafos b), c) y d), de esta convocatoria y además:

En el caso de Licenciados universitarios, haber finalizado los estudios no antes del año 1994 y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

En el caso de los estudiantes de Licenciatura de plan antiguo, deberán haber realizado tres cursos de Licenciatura y tres cursos de lengua árabe en un centro oficial.

En el caso de los estudiantes de Licenciatura de plan nuevo, deberán haber obtenido la mitad de los créditos que constituyen los estudios de licenciatura y haber realizado tres cursos académicos de lengua árabe en un centro oficial.

En el caso de los estudiantes de la Escuela Oficial de Idiomas, deberán estar en posesión del certificado del Ciclo Elemental (especialidad lengua árabe).

2. Documentación adicional.

Los solicitantes deberán adjuntar la documentación relacionada en el apartado tercero de esta convocatoria, párrafos a), b), c), f), g), h) e i), que podrá ser presentada en un único ejemplar, y además:

Certificado de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres cursos académicos.

Fotocopia de la carta enviada al centro dónde vaya a realizar el curso, solicitando la admisión o reserva de plaza, ya que la matrícula en el centro y curso elegido deberá ser tramitada por el solicitante de la ayuda.

3. Condiciones económicas.

Países del Magreb, 60.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

Resto de los países árabes, 100.000 pesetas, a deducir el 2 por 100 de retención fiscal.

El pago de las ayudas se abonará al inicio del curso.

(PROGRAMAS OMITIDOS)

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