Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-4907

Resolución de 2 de enero de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se conceden ayudas a lectores de español, curso 1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 1997, páginas 7407 a 7407 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-4907

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, y de viajes y estancia , de la Agencia Española de Cooperación Internacional, esta Presidencia en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 1141/1996, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» del 25), ha resuelto:

Primero.-Conceder la renovación de la ayuda a los lectores de español que a continuación se relacionan, de acuerdo con las condiciones que establece la Resolución de 28 de noviembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de diciembre) de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se convocan ayudas para lectores de español en Namibia, Pakistán, Sudáfrica, Zimbabue y Nepal, durante el curso 1997, y el acta de preselección parcial de fecha 20 de diciembre de 1996:

María Luisa García Bouza, Universidad de Unisa (1 de enero de 1997/31 de diciembre de 1997).

Luis Herrero Bravo, Universidad de Quaid-E-Azam (1 de enero de 1997/31 de diciembre de 1997).

Alicia Clavel Martínez, Universidad de Kathmandu (1 de enero de 1997/31 de diciembre de 1997).

Segundo.-Los derechos económicos que generan estas ayudas, se relacionan en el apartado sexto de la citada convocatoria, y se concretan en esta Resolución en:

a) Ayuda personal mensual de 210.000 pesetas en Pakistán, 225.000 pesetas en Sudáfrica, y 100.000 pesetas en Nepal, a deducir la retención fiscal correspondiente.

b) Seguro de asistencia en viaje.

c) Ayuda de viaje ida y vuelta al país de destino.

Tercero.-La aprobación del gasto queda condicionada la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 1997.

Cuarto.-Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la concesión de la ayuda reconocida en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden de 26 de marzo de 1992.

Madrid, 2 de enero de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio, el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, y Vicesecretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid