La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dictado sentencia, con fecha 28 de noviembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 1.056/1996, en el que son partes, de una, como demandante, doña Carmen González Díaz, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 23 de mayo de 1996, sobre reingreso al servicio activo.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador señor Ruiz Canales, en nombre y representación de doña Carmen González Díaz, contra la Resolución dictada el 23 de mayo de 1996 por el Director general de la Función Pública, del Ministerio para las Administraciones Públicas, en virtud de la cual se denegaba la petición de la recurrente, en situación de excedencia voluntaria por interés particular, relativa a reingreso en el servicio activo mediante adscripción provisional, como funcionaria de carrera perteneciente al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, debemos declarar y declaramos la nulidad del mencionado acto administrativo, por ser contrario al ordenamiento jurídico, con reconocimiento del derecho de la recurrente a obtener el reingreso en el servicio activo, mediante adscripción provisional, que se llevará a cabo en los términos fijados en el fundamento jurídico octavo de la presente sentencia, sin que proceda hacer mención expresa acerca de las costas procesales causadas, al no haber méritos para su imposición.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 12 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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