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Documento BOE-A-1997-425

Resolución de 3 de enero de 1997, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre natural de 1997, a efectos de lo dispuesto en el artículo tercero uno de la Ley 14/1985, de Régimen Fiscal de determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1997, páginas 654 a 654 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-425

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, conforme a lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997,

Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del cuarto trimestre de 1996 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Tipo de interés

efectivo equivalente

al precio medio

ponderado redondeado

-

Porcentaje / Fecha

de

subasta / Emisión

15 de noviembre de 1996, al 6,75 por 100, de Bonos del Estado a tres años / 3-12-1996 / 5,854

15 de octubre de 1996, al 7,90 por 100, de Bonos del Estado a cinco años / 4-12-1996 / 6,276

15 de julio de 1996, al 8,70 por 100, de Obligaciones del Estado a quince años / 4-12-1996 / 7,111

2. En consecuencia, el tipo de interés efectivo anual de naturaleza explícita que resulta para el primer trimestre natural de 1997, a efectos de lo previsto en el artículo tercero.uno de la Ley 14/1985, de 29 de mayo, de Régimen Fiscal de determinados activos financieros, determinado conforme establece la disposición adicional undécima de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997, es el 3,854 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 4,276 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años, pero igual o inferior a siete, y el 5,111 por 100 si se tratara de activos con plazo superior.

Madrid, 3 de enero de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

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