Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Barcelona), con fecha 24 de octubre de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.516/1993, promovido por «Chupa Chups, Sociedad Anónima», sobre pago anticipado de restitución a la exportación; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de «Chupa Chups, Sociedad Anónima», contra la Orden del Ministerio de Agricultura de 6 de septiembre de 1993, que desestimaba la reclamación interpuesta contra la Resolución del Servicio Nacional de Productos Agrarios de 26 de mayo de 1993, por importe de 596.946 pesetas, objeto del recurso que anulamos dejando sin efecto y disponiendo el reintegro ordenado de 596.946 pesetas al actor con los intereses legales desde la fecha de su ingreso, y sin imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 4 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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