Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-4130

Resolución de 6 de febrero de 1997, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictada en el recurso número 1.122/1994, interpuesto por doña Ángeles Olóriz Ruiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 1997, páginas 6482 a 6482 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-4130

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.122/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Primera, con sede en Granada; a instancia de doña Ángeles Olóriz Ruiz, viuda del que fue funcionario del extinto Cuerpo Auxiliar de Prisiones don Luis González Olóriz, contra la Administración General del Estado, sobre percepción de trienios con el coeficiente 2,6 en lugar del 1,7, por los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ha recaído sentencia de fecha 18 de noviembre de 1996, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallo:

Primero.-Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Lourdes Torres de Olóriz en la representación acreditada de doña Ángeles Olóriz Ruiz, contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de fecha 22 de febrero de 1994, desestimatoria de la petición efectuada por la recurrente, relativa a actualización de la cuantía mensual de la pensión de viudedad que percibe, y en consecuencia anula el acto impugnado.

Segundo.-Reconoce el derecho de la recurrente a que a todos los trienios devengados por su esposo como funcionario del Cuerpo Auxiliar de Prisiones, se le aplique el coeficiente 2,6, debiendo la Administración demandada dictar la resolución oportuna que sirva de base para la actualización de su pensión de viudedad por parte del Ministerio de Economía y Hacienda, y en la que se hará constar de efectos retroactivos la de 9 de febrero de 1989, para el percibo de los atrasos correspondientes.

Tercero.-No hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.»

En virtud de lo que antecede, esta Subsecretaría ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.

Lo que digo a V. S., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de febrero de 1997.-P. D., el Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

Sr. Subdirector general de Personal.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid