De conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 298/1996, de 23 de febrero, a propuesta del Fiscal general del Estado, se convoca concurso público para el nombramiento de un Fiscal sustituto de la Fiscalía del Tribunal Supremo, adscrito a la Sección de lo Social, durante el período comprendido desde su toma de posesión hasta el 31 de agosto de 1997, conforme a las siguientes reglas:
Primera.-Los interesados deberán acreditar ser españoles, Doctores o Licenciados en Derecho y demás méritos que aleguen, así como no encontrarse incursos en causa de incapacidad o incompatibilidad de las previstas en los artículos 44 y 57 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre. Será motivo de cese el cumplimiento de la edad de setenta y dos años o cualquiera de las causas previstas en el artículo 5.2 del Real Decreto 1050/1987, de 26 de junio.
Segunda.-Los interesados presentarán sus solicitudes, en las que acreditarán el cumplimiento de los requisitos establecidos en la regla anterior, en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, calle Fortuny, 4, Madrid, dentro del plazo de diez días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera.-El nombramiento recaerá en el solicitante que reúna mayores méritos. Tendrán la consideración de tales, entre otros, los siguientes:
a) Haber desempeñado cargos en la Carrera Fiscal, Carrera Judicial o Secretariado Judicial.
b) Especialización acreditada en el orden jurisdiccional para el que se pretenda ser nombrado.
c) Haber ejercido cargo de Abogado Fiscal sustituto o en régimen de provisión temporal.
d) Titulación y expediente académicos.
e) Haber aprobado oposiciones a otros Cuerpos del Estado en que se exija el título de Licenciado en Derecho.
f) Acreditar docencia universitaria en disciplinas jurídicas.
g) Experiencia en el ejercicio de la Abogacía.
Los méritos reseñados en los apartados a) y b) tendrán el carácter de preferentes.
Cuarta.-En los tres días siguientes a finalizar el plazo de presentación de solicitudes, el Fiscal de Sala adscrito a la Sección de lo Social elevará informe debidamente razonado, en el que incluirá la relación de todos los candidatos por orden preferente según sus méritos, al excelentísimo señor Fiscal general del Estado, el cual propondrá el nombramiento del Fiscal sustituto seleccionado.
Quinta.-El nombramiento del Fiscal sustituto de la Fiscalía del Tribunal Supremo adscrito a la Sección de lo Social se hará público y recaerá en quien, reuniendo mayores méritos, fuera propuesto conforme a la regla anterior.
Sexta.-El régimen estatutario y retributivo del Fiscal sustituto nombrado será el establecido en el Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, y demás normas complementarias.
Madrid, 23 de diciembre de 1996.-El Director general, Juan Ignacio Zoido Álvarez.
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