La entidad «Winterthur Salud, Sociedad Anónima de Seguros», ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la cesión general de la cartera del ramo de Enfermedad de la entidad «Winterthur Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero.-Autorizar la cesión general de la cartera de seguros del ramo de Enfermedad de la entidad «Winterthur Seguros, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», a la entidad «Winterthur Salud, Sociedad Anónima de Seguros».
Segundo.-Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de Enfermedad a la entidad «Winterthur Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.1.b) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Tercero.-Ampliar la autorización administrativa inicial concedida a la entidad «Winterthur Salud, Sociedad Anónima de Seguros», para operar en el ramo de Enfermedad para extenderse a los riesgos de Asistencia Sanitaria.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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