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Documento BOE-A-1997-3265

Resolución de 2 de diciembre de 1996, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el estudio informativo de la línea Madrid-Alicante. Tramo: Albacete-La Encina, variante de Alpera, puntos kilométricos del 316 al 363 (Albacete).

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 1997, páginas 4939 a 4944 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1997-3265

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la realización de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la Dirección General de Infraestructuras del Transporte Ferroviario, remitió, con fecha de 19 de septiembre de 1994, a la antigua Dirección General de Política Ambiental, la memoria-resumen del proyecto.

Recibida la referida memoria-resumen, la Dirección General de Política Ambiental, consultó, preceptivamente, al ICONA y a otras administraciones y organismos, previsiblemente afectados, sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, con fecha 1 de febrero de 1995, la antigua Dirección General de Política Ambiental dio traslado a la Dirección General de Infraestructuras del Transporte Ferroviario de las respuestas recibidas.

La relación de organismos consultados, así como una síntesis de las respuestas recibidas, se recogen en el anexo I.

El estudio informativo tiene por finalidad la definición, análisis y comparación de cuatro soluciones de trazado para una variante en doble vía, entre los puntos kilométricos 319 y 363, y el acondicionamiento de la vía entre los puntos kilométricos 316 y 319, con objeto de permitir la circulación de los trenes a 220 kilómetros por hora. El estudio incluye la construcción de un apartadero técnico en las cercanías de Bonete y la remodelación de la estación de Almansa.

La Dirección General de Infraestructuras del Transporte Ferroviario sometió el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental, conjuntamente, al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de abril de 1996, y en el «Boletín Oficial de Albacete» el 19 de abril de 1996, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento.

Finalmente, conforme al artículo 16 del Reglamento, con fecha 17 de septiembre de 1996, la Dirección General de Infraestructuras del Transporte Ferroviario remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, consistente en el documento técnico del estudio informativo, que incluye el estudio de impacto ambiental, y el resultado del trámite de información pública.

Los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental, así como las consideraciones que sobre el mismo realiza la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se recogen en el anexo II.

Un resumen del resultado del trámite de información pública del estudio de impacto ambiental se acompaña como anexo III.

En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, a los solos efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental sobre el estudio informativo del proyecto: Línea Madrid-Alicante. Puntos kilométricos 316 al 363.

Declaración de impacto ambiental

Examinada la documentación contenida en el expediente de evaluación de impacto ambiental, se considera que, entre las soluciones contempladas en el estudio informativo, la solución 2 es, ambientalmente, viable si se ejecuta la modificación de la rasante expuesta en la condición 1, si se atienden las recomendaciones propuestas en el estudio de impacto ambiental y si se cumplen las siguientes condiciones:

1. Modificación de la rasante de la traza.-Con objeto de reducir los desmontes existentes desde los puntos kilométricos 342,750 al 345,700, con la consiguiente reducción de tierras destinadas a vertedero, así como evitar el cruce, en desmonte, de los arroyos situados en los puntos kilométricos 342,650, 344,150 y 344,300, se realizará un ajuste de la rasante, elevándola unos 4 ó 5 metros, sobre la cota de la rasante de la solución 2 del estudio informativo.

2. Protección del sistema hidrológico.-Se realizará un estudio detallado de las obras de drenaje, en consulta con la Confederación Hidrográfica del Júcar, con objeto de garantizar la no alteración de la características hidráulicas de los cauces presentes en la zona y la no alteración de los actuales sistemas hidrológicos de la laguna del Salobralejo y del embalse de Almansa. Deberán tenerse en cuenta las modificaciones del drenaje natural que pudieran producirse por las carreteras existentes (CM-3209, CM-412, CM-3220) y las obras de acondicionamiento previstas para la CM-3209. Se determinarán las obras de drenaje necesarias para garantizar la no existencia de fenómenos de encharcamiento en la áreas comprendidas entre los siguientes puntos kilométricos: 327,800 al 328,200 y 329,750 al 330,250.

En el entorno de la laguna del Salobralejo y del embalse de Almansa, todas las obras de acondicionamiento del trazado actual y los caminos de acceso necesarios se realizarán por el lado de la infraestructura actual opuesto al humedal (al sur y al norte de la vía actual, respectivamente).

Se proyectarán las medidas preventivas y de control necesarias para garantizar la no afección a la calidad del agua durante la realización de las obras en las cuencas de la laguna del Salobralejo y del embalse de Almansa, así como durante la construcción del viaducto sobre la rambla de la Vega.

No podrán localizarse parques de maquinaria e instalaciones auxiliares, ni verter sustancias ni materiales procedentes de la actividad de la obra, en aquellas áreas, desde las que se pueda afectar, directa o indirectamente, a los humedales mencionados y a los cauces del área afectada por la obra. No se realizarán extracciones de áridos en los aluviales de estas áreas.

3. Protección de la fauna.-No se realizarán movimientos de tierra ni otras actividades generadoras de ruido, durante el período de reproducción de la fauna esteparia, de primeros de marzo al 15 de julio, entre los puntos kilométricos 323,000 y 329,500. Durante este período no se permitirá el tránsito de maquinaria pesada por los caminos situados dentro de las zonas identificadas en el estudio de impacto como áreas de reproducción de la avutarda, así como las identificadas como de mayor densidad de población de dicha especie. Para acceder a la obra se utilizarán los numerosos caminos ya existentes y, caso de ser necesaria la apertura de uno nuevo, se comunicará al organismo ambiental competente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, justificando su necesidad. Estos accesos deberán realizarse siempre por el sur de la traza. El apeadero de Bonete se situará, también, en el lado sur de la traza.

En el entorno de la laguna del Salobralejo y en el embalse de Almansa no se realizarán obras desde finales de marzo hasta finales de julio.

Se adecuará el diseño de los sistemas de drenaje, previstos en el estudio informativo, para permitir el paso de vertebrados terrestres a través de ellos y reducir su mortalidad, sin que por ello pierdan su funcionalidad original. Para ello se instalarán rampas rugosas en las cunetas; se adecuarán las paredes de los sifones y arquetas; se protegerán contra la erosión, mediante soleras, las salidas de los drenajes, y se estudiará el sobredimensionamiento de algunos de ellos, instalando una pequeña pasarela lateral interna.

El cerramiento de la nueva infraestructura se hará con malla cinegética.

En los cables de tendidos eléctricos de difícil visualización, en el entorno de la laguna del Salobralejo, de Bonete (área avutardera) y del embalse de Almansa, se instalarán dispositivos que faciliten la visualización de los cables, para evitar la colisión con ellos de la avifauna. En las inmediaciones del embalse de Almansa se ejecutarán las medidas necesarias en los tendidos para reducir, al mínimo, el riesgo de electrocución de las aves.

El plan de vigilancia y seguimiento incluirá un seguimiento de la mortalidad de la avifauna, tanto por colisión como por electrocución en tendidos, como por colisión con los trenes, en función de cuyos resultados se inferirá la necesidad de revisión de las medidas correctoras realizadas.

4. Protección de la vegetación.-Se garantizará la no afección por las obras a la mancha de olmos próxima a las Casas de las Valencianas, junto a la rambla de la Vega, especialmente a la parte norte de dicha mancha, que es la que se encuentra en mejores condiciones. Ello deberá tenerse en cuenta, también, a la hora de diseñar y localizar los apoyos del viaducto que cruza la rambla.

5. Exploración de canteras, zonas de préstamo y graveras.-Dado que en el estudio informativo no se hace referencia a las zonas de préstamo, canteras y graveras que se vayan a utilizar, deberán emplearse, únicamente, aquellas que dispongan de la preceptiva autorización y contengan el consiguiente proyecto de restauración. En caso contrario, deberá presentarse la documentación necesaria ante la autoridad ambiental competente, para su pertinente evaluación de impacto ambiental.

6. Protección contra el ruido en áreas habitadas.-El proyecto de construcción realizará un estudio de los niveles sonoros, previstos en la fase de explotación, en el área urbana de Almansa, en las Casas de San Rafael (punto kilométrico 333,300), Casa de las Barracas (aproximadamente, kilómetro 339,500) y Casas de los Valencianos (punto kilométrico 340,000). En base a este estudio, el proyecto diseñará las medidas de protección acústica necesarias para alcanzar los objetivos de calidad, que fijan los niveles de inmisión sonora, originados por la actuación, en L + 20 dB(A), L (23 h-7 h)(7 h-23 h) Antes de la emisión del acta de recepción provisional de las obras:

Informe sobre las aclaraciones, realmente ejecutadas, relativas a:

Modificación de la rasante de la traza, a la que se refiere la condición 1.

Protección del sistema hidrológico, de la fauna y de la vegetación, referidos en las condiciones 2, 3 y 4, respectivamente.

Canteras, zonas de préstamo y graveras utilizadas para la obra, tal y como se refiere en la condición 5.

Protección contra el ruido, a la que se refiere la condición 6.

Protección de yacimientos paleontológicos, a la que se refiere la condición 7, y continuidad de los servicios existentes, a que se refiere la condición 8.

Defensa contra la erosión, recuperación ambiental e integración paisajística de la obra, referida en la condición 9.

b) Anualmente, y durante un plazo de tres años, desde la emisión del acta de recepción provisional de las obras:

Informe sobre el estado y eficacia de las obras de drenaje, contempladas en la condición 2.

Informe sobre los resultados del estudio de seguimiento de la mortalidad de la avifauna y sobre la eficacia de las medidas correctoras, contemplados en la condición 3, y, en su caso, medidas complementarias a realizar.

Informe sobre los niveles reales de ruido, en las áreas a que se refiere la condición 6, y, en su caso, medidas complementarias a realizar.

Informe sobre el estado y progreso de las áreas en recuperación, incluidas en el proyecto a que se refiere la condición 9, y, en su caso, la reposición de marras realizada.

Se emitirá un informe especial, cuando se presenten circunstancias o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgos, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento.

Del examen de esta documentación por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de la presente declaración.

11. Documentación adicional.-La Dirección General de Infraestructuras del Transporte Ferroviario remitirá a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, antes de la adjudicación definitiva del proyecto de construcción, un escrito certificando la incorporación al mismo de la documentación y prescripciones adicionales, que esta declaración de impacto establece como necesarias, y un informe sobre su contenido y conclusiones.

La documentación referida es la siguiente:

Proyecto de construcción de la modificación de la rasante del trazado, requerida en la condición 1.

Estudio de las obras de drenaje y medidas de protección del sistema hidrológico, a que se refiere la condición 2.

Medidas de protección de la fauna y plan de seguimiento de la mortalidad de la avifauna, a que se refiere la condición 3.

Diseño del viaducto de la rambla de la Vega, de acuerdo con lo especificado en la condición 4.

Cálculo de los volúmenes de materiales, requeridos de zonas de préstamo, canteras y/o graveras, una vez realizada la modificación de la rasante del trazado, indicada en esta declaración, e identificación de las áreas de préstamo o explotaciones a utilizar, de acuerdo con lo especificado en la condición 5.

Estudio de los niveles sonoros previstos en la fase de funcionamiento del proyecto y diseño de las medidas de protección acústica necesarias, a que se refiere la condición 7.

Proyecto de definición de las obras auxiliares y de las medidas de defensa contra la erosión, recuperación ambiental e integración paisajística, a que se refiere la condición 9; incluyendo el cálculo del volumen de tierras para vertedero, considerando la nueva rasante y el análisis ambiental y selección de vertederos, requeridos en esta condición.

Programa de vigilancia ambiental, a que se refiere la condición 10.

12. Definición contractual de las medidas correctoras.-Todos los datos y conceptos, relacionados con la ejecución de las medidas correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en estas condiciones, figurarán en el proyecto de construcción, justificadas en la memoria y anejos correspondientes, estableciendo su diseño, ubicación y dimensiones, en el documento de planos; sus exigencias técnicas, en el pliego de prescripciones técnicas, y su definición económica, en el documento de presupuesto del proyecto. También se valorarán los costes derivados del plan de vigilancia ambiental.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 2 de diciembre de 1996.-La Directora general, Dolores Carrillo Dorado.

ANEXO I

Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto

Respuestas

recibidas / Relación de consultas

ICONA (Madrid) / X

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Toledo)

Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Toledo)

Dirección General de Cultura de Castilla-La Mancha (Toledo)

Dirección Territorial del MOPT en Castilla-La Mancha (Toledo) / X

Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente (Toledo) / X

Ayuntamiento de la Higueruela (Albacete)

Ayuntamiento de Bonete (Albacete)

Ayuntamiento de Alpera (Albacete) / X

Ayuntamiento de Almansa (Albacete) / X

Gobierno Civil de Albacete (Albacete) / X

Diputación Provincial de Albacete (Albacete)

Asociación Naturalista para la Defensa de Castilla-La Mancha (ADECAM) (Toledo)

Asociación Castellano-Manchega de Defensa del Patrimonio Natural (Toledo)

Centro Excursionista de Valencia (Valencia)

ADENA/FAPAS/FORESTAL (Albacete)

AEDENAT (Albacete)

Instituto de Estudios Albacetenses (Albacete)

CODA (Madrid)

AEDENAT (Madrid)

FAT (Madrid)

ADENA (Madrid)

Sociedad Española de Ornitología (SEO) (Madrid) / X

CEDEX (Madrid)

Instituto Tecnológico y Geominero de España (Madrid) / X

Asociación Española y Evaluación de Impacto Ambiental (Madrid)

Acción Ecologista «Cerro del Águila» (Almansa) / X

El resumen del contenido ambiental significativo de las contestaciones a las consultas es el siguiente:

ICONA informa que no cabe formular observaciones relevantes a ninguna de las soluciones propuestas. Únicamente destaca que, en la primera parte del trazado, todas las alternativas propuestas bordean la laguna del Salobralejo o Salobrejo, coincidiendo con el trazado actual, por lo que deben tomarse las medidas necesarias para que los movimientos de tierra y otras operaciones de la obra no afecten a la laguna.

La Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Castilla-La Mancha indica la existencia en la zona de complejos lagunares endorreicos y salinos de gran importancia por la singularidad de su fauna y vegetación. El carácter permanente de algunos de ellos (Pétrola, Solobralejo, Saladas), y del embalse de Almansa permite su utilización por la avifauna en las épocas más críticas. El corredor definido por la obra afecta a varias zonas húmedas con importancia natural (Salobralejo, Laguna Seca, Hoya de Casa Ontina, laguna del Apeadero de la Higueruela y embalse de Almansa). Existe, además, una fauna de carácter estepario, rica en especies de interés cinegético y para la conservación, ligada a las estepas cerealistas de los llanos de Higueruela, Pétrola, Bonete, Alpera y Almansa.

Por todo ello, recomienda que el estudio de impacto ambiental incida en estos aspectos y preste atención a evitar el deterioro de estos humedales y de su entorno, estableciendo las medidas necesarias para garantizar la no alteración de su dinámica hidrogeológica. Se recomienda la elección de un trazado próximo a otras infraestructuras lineales y la adopción de medidas protectoras en los tendidos próximos a áreas de interés para las aves. Se sugiere consultar a la Universidad de Castilla-La Mancha (Escuela de Ingeniería Agroforestal de Albacete) y al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Real Jardín Botánico), ya que puedan existir poblaciones de plantas endémicas raras, vulnerables o sensibles a la alteración de su hábitat en el corredor de las obras proyectadas. Se adjunta relación y planos de las vías pecuarias afectadas por las obras con el fin de proyectar los pasos para el ganado precisos.

El Ayuntamiento de Almansa, en base a las sugerencias realizadas por la Comisión Informativa de Urbanismo y Medioambiente, considera como solución más conveniente la 2A, por conllevar, en su opinión, menor movimiento de tierras.

El Instituto Tecnológico y Geominero de España indica la necesidad de prestar especial atención en el estudio de impacto ambiental a las posibles afecciones sobre el ecosistema de la laguna del Solobralejo.

La Sociedad Española de Ornitología señala que el proyecto afectará al Área de Importancia para las Aves número 77: «Pétrola-Almansa-Yecla» (SEC/ICBBP), cuyo valor ornitológico se debe especialmente a las aves esteparias, entre las que destacan las poblaciones de avutarda (con más de 200 individuos), alcaraván y ortega. En las lagunas del Salobralejo y de Pétrola nidifican la cigüeñuela, la avoceta y la pagaza piconegra. Indica que la solución 1 es la que causaría menor impacto sobre las aves al discurrir, el tramo de nueva construcción, más próximo a la población de Bonete, por lo que está más antropizada la zona que atraviesa, y al aprovechar en mayor proporción la vía existente en el último tramo del proyecto.

La Asociación Ecologista «Cerro del Águila» indica la afección al Área de Importancia para las Aves número 77, e identifica distintos impactos detectados en las soluciones propuestas: La solución 1 pasa por un área en la que existan caminos e infraestructuras de regadío realizadas recientemente, discurriendo después excesivamente próxima al casco urbano de Bonete; las soluciones 1 y 3 encierran a la finca de «Los Cuchillos» entre la autovía y la nueva vía de ferrocarril, pasando posteriormente al lado de un importante yacimiento arqueológico, ocupando luego durante dos kilómetros el lecho del arroyo de Los Cuchillos y afectando a un bosquete de ribera en el área del Molino Galeano; por último, la solución 2 es la que produce mayor número de desmontes y pasa excesivamente cerca de las casas de la finca de «San Rafael».

Con el fin de evitar estos impactos propone una nueva solución, denominada «solución 5», integrada inicialmente por la solución 3 (que coincide con la 2 hasta el punto kilométrico 330,620), y separándose de ella para unirse a la 2A tras dejar al norte el cerro del Campanario; pasa por el norte de la finca de «Los Cuchillos» y termina el trayecto con esta solución.

Se indica que los tres trazados propuestos [1,2 (2A) y 3] pasan por el sur de un área crítica para las avutardas que es utilizada todo el año por éstas, pero especialmente en la época de cópulas y cría. Las soluciones 2 y 3, por ser las más cercanas, son las más perjudiciales, pero aun así no pasan por la zona propiamente dicha. Con el fin de no afectar a esta zona, se recomienda no efectuar movimientos de tierra ni de vehículos por ella durante la época de reproducción. Dicha área se indica en mapa adjunto.

Concluye el informe con otras recomendaciones como señalización de los tendidos a su paso por la laguna del Salobralejo y la protección de éstos contra la electrocusión y el choque de aves en el entorno del embalse de Almansa; mantenimiento del paso de las aguas de la laguna del Salobralejo bajo la nueva infraestructura; respeto a la vegetación de ribera existente entre los puntos kilométricos 349 y 351 y al manantial que surte de agua al embalse de Almansa; realización de las obras, en el área de este embalse, por el lado de la infraestructura existente más alejado de él; estudio del paso del tren bajo túnel por la ciudad de Almansa, e información y consulta a la Confederación Hidrográfica del Júcar.

ANEXO II

Estudio de impacto ambiental

Contenido

El estudio informativo tiene como finalidad la adaptación a 200 kilómetros por hora del actual trazado de la línea férrea Madrid-Alicante, entre el punto kilométrico 316,300 y el punto kilométrico 363,100, la anchura de la plataforma es de 13,30 metros. Para lograr este objetivo se estudian cuatro soluciones técnicamente viables, que discurren todas ellas dentro de un corredor de dos kilómetros de ancho entre la estación de Chinchilla y Almansa. Todas las soluciones tienen un trazado común en sus tres primeros kilómetros.

Solución 1: (40,166 kilómetros de longitud). Comienza en el punto kilométrico 316,300 de la línea actual, discurriendo los 3.000 metros primeros coincidentes con el trazado existente y siguiendo después al sur del mismo hasta la zona de la Higueruela, aproximándose a la línea de alta tensión existente en el punto kilométrico 327,000. Entre el punto kilométrico 327,500 y el 328,800 se situará el nuevo apartadero técnico de Bonete. Sigue por el valle escavado por la rambla del Cuchillo, cruza la rambla del Charco y la vía férrea actual, entroncando con ella (punto kilométrico 345,000 del trazado futuro, 351,000 del actual) en la recta junto a la cola del embalse de Almansa. El trazado se mantiene aproximadamente coincidente con el eje actual siguiendo éste en el tramo final hasta pasada la estación de Almansa. El desmonte más significativo (17 metros) se produce entre los puntos kilométricos 332,700 al 333,300, y en cuanto al terraplén (12 metros), el previsto a lo largo de los puntos kilométri cos 335,300 al 338,700.

Solución 2: (39,449 kilómetros de longitud). Discurre al norte de la solución 1, separándose de ella progresivamente por su lado derecho en dirección este tras los tres primeros kilómetros de recorrido. El trazado pasa al norte del cerro de la Escobosa y al sur del cerro de la Morrica. En este área se sitúa el nuevo apartadero técnico de Bonete. Desde allí desciende hacia la rambla de la Vega, cruzando ésta la autovía Madrid Alicante y el ferrocarril actual; discurre a continuación por la zona de «El Ángel» y enlaza con la vía actual por su lado izquierdo (aproximadamente 346,000), coincidiendo a partir de aquí con el trazado de la solución 1.

Los movimientos de tierra más destacados son un desmonte (15-20 metros) entre los puntos kilométricos 342,800 al 343,700 y un terraplén (8-15 metros), entre los puntos kilométricos 338,100 al 339,500.

Solución 2A: (39,962 kilómetros de longitud). Coincide con el trazado de la solución 2, separándose de ella en el punto kilométrico 336,105, y dirigiéndose al sureste. Presenta un apartadero técnico de nueva planta cerca del cerro de La Morrica en las inmediaciones de Bonete. Cruza la autovía y la línea férrea actual, discurriendo al norte de la ermita de Belén, e incorporándose al trazado existente dos kilómetros más adelante, desde donde comparte trazado con la solución 1 hasta el final del tramo. Los principales movimientos de tierra lo constituyen dos terraplenes situados entre los puntos kilométricos 338,100 al 338,400 (15 metros) y entre los puntos kilométricos 339,800 al 340,000 (17 metros).

Solución 3: (40,133 kilómetros de longitud). Comparte trazado con la solución 2 hasta el punto kilométrico 330,629, incluyendo idéntica ubicación para el apartadero técnico de Bonete, después se orienta más al sur que la solución 2, dejando a la izquierda la casa de San Rafael e incorporándose a la solución 1 en el punto kilométrico 336,402 de ésta, con la que comparte trazado desde el inicio de la rambla de Los Cuchillos hasta el final. Los movimientos de tierra de mayor entidad son los desmontes situados entre los puntos kilométricos 333,750 al 334,150 (15 metros) y entre los puntos kilométricos 335,150 al 336,450.

El estudio de impacto ambiental realiza un análisis de la situación preoperacional del área afectada por la infraestructura estudiada examinando los factores del medio físico (abiótico y biótico), socioeconómico y perceptual susceptibles de verse afectados por ésta. Incluye cartografía temática y un anejo con reportaje fotográfico.

De la información del inventario del estudio se deducen como aspectos relevantes, desde el punto de vista ambiental, los siguientes:

El área de estudio tiene un clima mediterráneo con aguaceros en los equinocios y largos ciclos de ambiente seco y caluroso. Las afloraciones litológicas presentes carecen de interés por ser abundantes en todo el territorio nacional, pero sí debe tenerse en cuenta la presencia de fauna fósil asociada a las calizas existentes al sur de Alpera. La red de drenaje está constituida por ramblas y se presentan regímenes endorreicos que dan lugar a lagunas que generalmente se secan en verano; destaca la laguna del Salobralejo. Otras manifestaciones hidrogeológicas singulares como la laguna de Pétrola y el Saladar se encuentran relativamente alejadas de la zona de estudio. El único curso de agua continuo de este área está ligado al embalse de Almansa debiendo a él su continuidad. Como rasgos geomorfológicos destacables pueden incluirse los relieves que conforman el anticlinal triásico de Alpera-Ayora.

La vegetación se encuentra caracterizada por extensas áreas de cultivo entre las que se intercalan restos de encinares y matorrales, fundamentalmente coscojares, que acaban dominando al encinar en el área más oriental y seca. Existe alguna vegetación riparia ligada a las ramblas (destacando la rambla del Pantano y la de Los Cuchillos) y a la laguna del Salobralejo, presentando ésta una buena formación de carrizal. En los alrededores de Bonete y Almansa existen cultivos de regadío. En relación con la flora amenazada el estudio señala que, en base a la bibliografía, pueden encontrarse en el área de estudio tres especies catalogadas como vulnerables (Lythrum castellanum, Thymus antoninae y Thymus funkii) y otras tantas catalogadas como raras (Sideritis mugronensis, Sideritis serrata y Thymelea granatensis), presentándose, además, numerosos endemismos no amenazados. La laguna del Salobralejo constituye un hábitat faunístico de especial interés y relevancia para la fauna ornítica, siendo para ella un lugar de refugio y dormidero. Los eriales y cultivos cerealistas presentan una avifauna esteparia que justifica la inclusión de esta zona como parte integrante de Área de Importancia para las Aves número 77 por la existencia de avutardas, alcaravanes, sisones, ortegas y gangas. Al este de Higueruela y norte de Bonete se localiza una zona avutardera importante en la que hay que destacar la existencia de un área utilizada usualmente para el cortejo y apareamiento de la especie, entorno a la cual se constata la presencia continuada de grupos de hembras con y sin pollos y de machos solitarios (estas áreas están cartografiadas). El estudio destaca la notable calidad faunística del área de estudio, resaltando como elementos más valiosos de la avifauna la avutarda y el sisón e indicando la elevada vulnerabilidad de estas especies a la alteración de su hábitat.

En la identificación y valoración de impactos, el estudio señala la solución 2 como la que tiene un movimiento de tierras más equilibrado, seguida de la solución 1; la solución 2A duplica la necesidad de préstamos, y la solución 3 la quintuplica, aunque en estas dos últimas hay una reducción de excedentes para vertedero. La solución 2 es la que atraviesa menor superficie de suelos con riesgo de erosión. Las lagunas y embalses afectados por el trazado se reducen a la del Salobralejo (para todas las soluciones) y el de Almansa (por la solución 2 en menor longitud), pero en ambos casos sólo se proyecta la mejora de la línea actual; la única laguna potencialmente afectada por el nuevo trazado (por las soluciones 2, 2A y 3; punto kilométrico 328,100) es la denominada laguna de Casa de don Fernando, que actualmente se encuentra desecada. El estudio califica de importante la afección de las soluciones 1 y 3 a la rambla de Los Cuchillos (a la que atraviesan varias veces, además de discurrir 400 metros paralelamente a ella); indica también que todas las soluciones cruzan la rambla de la Vega, que se continúa con la del Charco. En relación con la hidrogeología, considera bajo el impacto por interferencia con el nivel freático superficial para las cuatro soluciones en el área de Bonete (la más importante desde el punto de vista hidrogeológico). El estudio señala que las cuatro soluciones cruzan el anticlinal Alpera-Ayora, incrementándose la afección en el caso de la solución 1.

En relación con la vegetación estima la solución 2 como la más favorable por no afectar al pinar y encinar del entorno de la ermita de Belén, al pinar del embalse de Almansa y a las formaciones de ribera de la rambla de Los Cuchillos. Desde el punto de vista de la fauna, el estudio no prevé la afección a la fauna acuática ligada a la laguna del Salobralejo o al embalse de Almansa por no proyectarse modificaciones de trazado en estos tramos, indicando que la laguna desecada de la Casa de San Fernando no tiene ninguna importancia para la fauna.

En cuanto a la fauna ligada a las ramblas y sus riberas (Los Cuchillos y La Vega) la afección la considera menor en la solución 2. Por lo que se refiere a la avifauna estepárica, el estudio recuerda que en el área existe ya una vía férrea, que ocupa zonas de interés reproductor y de densidad de población de avutardas mayor que la correspondiente al área que ocupará el nuevo trazado (que supone un alejamiento de dichas zonas), indica que actualmente no se tiene conocimiento de mortandades de aves en relación con la vía férrea actual y considera equivalente el impacto producido por las distintas soluciones.

Paisajísticamente, el estudio considera menos impactante la solución 2, al igual que ocurre desde el punto de vista de la afección al patrimonio cultural (sólo las soluciones 1 y 3 se aproximan a un yacimiento arqueológico: Los Cuchillos) y a las costumbres (las soluciones 1, 2A y 3 están próximas a la ermita de Belén ubicada en terrenos destinados a esparcimiento y ocio). En relación con el planeamiento urbanístico se señala la afección a terrenos no urbanizables protegidos de interés cultural y de ocio (ermita de Belén) y protegidos de interés ecológico (embalse de Almansa), en el término municipal de Almansa para las soluciones 1, 2A y 3.

Respecto a las medidas protectoras y correctoras, el estudio destaca la necesidad de prestar atención a la restauración del arroyo de La Vega y no considera necesaria la instalación de pantallas para la reducción de niveles sonoros, ni la creación de pasos específicos para la fauna al estimar suficientes para tal fin las obras de drenaje previstas. Se incluye una estimación económica de las medidas correctoras enunciadas.

El estudio informativo incluye, como anejo independiente del estudio de impacto ambiental, un análisis de la comparación de las soluciones estudiadas en el que se concluye que, tanto económica como ambientalmente, la solución 2 es la más favorable.

Análisis del contenido

El estudio de impacto ambiental no analiza los efectos ambientales que pueden causar el apeadero de Bonete ni la remodelación de la estación de Almansa que al parecer forman parte del estudio informativo. Se desconocen tanto sus características como los impactos que pueden generar ambas obras, tanto en la fase de construcción como en la de explotación.

El estudio de impacto no da explicación alguna a los problemas planteados en las contestaciones a las consultas realizadas al inicio del procedimiento (afección a zona de regadío próxima a Bonete, aislamiento de la finca Los Cuchillos entre diversas infraestructuras, afección al casco urbano de Almansa), ni se estudian, o, al menos, comentan las propuestas realizadas en ellas (solución 5, equivalente a la solución 3 enlazando con la 2A; solución por el norte de Almansa o paso bajo túnel; realización de consultas para determinar la localización de especies de flora vulnerables cuya presencia se indica como posible en el área de la infraestructura estudiada).

No se identifican las canteras ni las zonas de préstamos que se van a utilizar, a pesar de indicarse en el mismo estudio que el balance del movimiento de tierras es en general negativo para todas las soluciones, alcanzándose elevados volúmenes de préstamos. No se incluyen perfiles transversales que permitan conocer la magnitud real de los mayores desmontes y terraplenes.

Cuando se realiza la valoración de la calidad faunística del área en función de su categoría de amenaza, se cita una serie de especies sin que quede claro si están presentes en el área del proyecto o en un área mucho más amplia.

En la valoración de impactos no se considera la afección al casco urbano de Almansa ni a pequeñas entidades de población aisladas de carácter agrícola. No se valora la afección por las distintas soluciones a las infraestructuras y terrenos de regadío en el entorno de Bonete.

No se jerarquizan los impactos.

Las medidas protectoras sólo están enunciadas y el plan de vigilancia ambiental adolece de generalidad.

El documento de síntesis no es tal, sino que es en su mayor parte una copia literal del estudio de impacto ambiental, con el consiguiente perjuicio que esto ocasiona en la información pública.

ANEXO III

Información pública del estudio informativo y del estudio

de impacto ambiental

Durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación.

La antigua Dirección General de Infraestructuras del Transporte Ferroviario remitió ejemplares del estudio informativo, que comprende el estudio de impacto ambiental, a diversas entidades y organismos, habiéndose recibido, en forma, de:

Gobierno Civil de Albacete.

Subdirección General de Planificación de la Dirección de Carreteras del Estado.

Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección de Coordinación de Inversiones de RENFE.

Ayuntamiento de Higueruela.

Ayuntamiento de Chinchilla.

Ayuntamiento de Almansa.

Ayuntamiento de Bonete.

Ayuntamiento de Alpera.

No se recibió informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Los únicos aspectos medioambientales significativos mencionados en los informes son:

El Gobierno Civil de Albacete solicita que la reposición de caminos, mediante pasos superiores o inferiores, se haga de forma que permita el paso de maquinaria agrícola.

La Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señala la necesidad de estudiar detalladamente las obras de drenaje de la vía de ferrocarril, teniendo en cuenta las modificaciones del drenaje natural que pueden implicar las carreteras existentes (CM3209, CM-412 y CM-3220) y el previsto acondicionamiento de la CM-3209; por lo que se propone el estudio conjunto de las obras de drenaje de esta infraestructura y de la que es objeto del proyecto.

El Ayuntamiento de Almansa en acuerdo aprobado en sesión plenaria opta para la solución 2, solicitando la sustitución del trazado que discurre por el núcleo urbano y proponiendo que se desarrolle al norte de la actual circunvalación de la autovía Madrid-Alicante. Solicita también el vallado del tramo que discurre por suelo urbano y urbanizable, incluyendo vallado acústico.

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