Al amparo de lo previsto en la disposición transitoria segunda a) de la Ley 12/1994, de 26 de mayo, por la que se crea la Universidad de Burgos, la Comisión gestora de esta Universidad, en su sesión de día 15 de enero de 1997, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
1. Incluir como Escalas propias del personal de Administración y Servicios de la Universidad de Burgos dentro de la ya creada por acuerdo de la Comisión gestora de 23 de septiembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de febrero de 1995), las siguientes:
Grupo A:
Arquitecto superior.
Ingeniero superior.
Grupo B:
Arquitecto técnico.
Ingeniero técnico.
Grupo C:
Delineante.
2. Corregir la resolución de 10 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de febrero) en el sentido siguiente:
Donde dice: «Grupo B (para su ingreso se exigirá el título de Diplomado universitario, Arquitecto técnico, Yngeniero Técnico o equivalente):
Escala de Gestión.
Escala de Ayudantes de Biblioteca.
Escala de Programadores Informáticos».
Debe decir: «Grupo B (para su ingreso se exigirá el título de Diplomado universitario, Arquitecto técnico, Ingeniero técnico o equivalente):
Escala de Gestión.
Escala de Ayudantes de Biblioteca y Archivos.
Escala de Programadores Informáticos».
Burgos, 17 de enero de 1997.-El Rector Presidente, Marcos Sacristán Represa.
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