De conformidad con el artículo 7.4 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, dispongo la revocación del otorgamiento del Distintivo Oficial del Sistema Arbitral de Consumo a las siguientes empresas:
1.º «Belo Capeli, Sociedad Anónima», distintivo número 130, por renuncia a la Oferta Pública de Sometimiento al Sistema Arbitral de Consumo.
2.º «American Building System, Sociedad Limitada», distintivo número 112, por renuncia a la Oferta Pública de Sometimiento al Sistema Arbitral de Consumo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 10 de enero de 1997.-El Presidente suplente, Carlos Arrieta Benito.
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