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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me confiere el artículo tercero de la Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso número 1887/1994, interpuesto por doña Julia Ortega Alves, sobre diferencias retributivas. Ley 35/1980.
Madrid, 24 de enero de 1997.-Por delegación, el Director general de Personal, José Antonio Cervera Madrigal.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Costes de Personal y Pensiones Militares. Unidad de Gestión de Mutilados.
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