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Documento BOE-A-1997-27913

Orden de 19 de diciembre de 1997, del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses para la provisión de plazas vacantes de Forensías y Agrupaciones de Forensías de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1997, páginas 38175 a 38176 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1997-27913

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses, convocado por Orden de 31 de octubre de 1997 («Boletín Oficial del País Vasco» número 217, de 12 de noviembre), para cubrir plazas vacantes de las Forensías y Agrupaciones de Forensías de la Comunidad Autónoma del País Vasco,

Este Departamento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 500.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, y el Real Decreto 1619/1997, de 24 de octubre, por el que se modifica el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, ha dispuesto:

Primero.-Nombrar para los destinos que se indican a los Médicos Forenses que en anexo se relacionan, que, reuniendo las condiciones legales, ostentan derecho preferente.

Segundo.-Declarar desiertas aquellas plazas convocadas en el concurso que no han sido cubiertas por un titular.

Tercero.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de un mes, pero cuando no implique cambio de residencia, deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al cese.

El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Boletín Oficial del País Vasco».

No corresponde el permiso de diez días por traslado de domicilio con cambio de residencia establecido en el artículo 39.1.b) del Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, al otorgarse un plazo para tomar posesión retribuido.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en el Cuerpo de Médicos Forenses, el plazo para la toma de posesión deberá computarse desde la publicación, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses y, por tanto, no puede ser computado como de servicios efectivos.

Cuarto.-El traslado del funcionario que se halle en el disfrute de vacaciones, permisos o licencias de enfermedad y embarazo, tendrá efectividad a partir de la finalización de éstas. El día de su incorporación cesarán en su anterior destino, disponiendo, a partir de ese momento, de tres días hábiles o un mes de plazo posesorio.

Quinto.-Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa comunicación a este centro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

Vitoria-Gasteiz, 19 de diciembre de 1997.-El Consejero, Francisco Egea García.

ANEXO

N.o orden / Apellidos y nombre / DNI / Destino anterior / Destino adjudicado

1 / Lorente Ruigómez, Luis Manuel. / 14.904.958 / Primera Instancia e Instrucción números 1, 2 y 3 de Tolosa. / Registro Civil y Juzgados de Primera Instancia (Internamientos e Incapacidades) de Bilbao.

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