La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 8 de julio de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.565/1996, en el que son partes, de una, como demandante don Francisco J. Lorente Villalba, y de otra, como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del propio Departamento de fecha 30 de abril de 1996, sobre reclasificación en el grupo superior en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Desestimar el presente recurso número 1.565/1996, interpuesto por don Francisco J. Lorente Villalba, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 30 de abril de 1996, por la que se le denegó la solicitud de extensión del contenido del artículo 5 del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre y reclasificación en el grupo inmediatamente superior que actualmente tiene asignado.
Segundo.-No hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 28 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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