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Documento BOE-A-1997-27595

Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Centro de Estudios Financieros», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 1997, páginas 37567 a 37568 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-27595

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la compañía mercantil «Estudios Financieros Viriato, Sociedad Anónima», solicitando la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Centro de Estudios Financieros», sito en la calle Viriato, número 52, de Madrid, por ampliación del número de grupos de las enseñanzas autorizadas,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la Orden de 20 de octubre de 1995, por la que se autorizaba el centro de Formación Profesional Específica «Centro de Estudios Financieros», sito en la calle Viriato, número 52, de Madrid, para ampliar el número de grupos de las enseñanzas que imparte y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del citado centro, que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Centro de Estudios Financieros».

Domicilio: Calle Viriato, número 52.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Titular: «Estudios Financieros Viriato, Sociedad Anónima».

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas.

Capacidad:

Número de grupos: Cuatro.

Número de puestos escolares: 120.

Ciclo formativo de grado superior de Administración de Sistemas Informáticos.

Capacidad:

Número de grupos: Dos.

Número de puestos escolares: 60.

Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-El centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento y profesorado necesarios para impartir las enseñanzas de Administración y Finanzas y Administración de Sistemas Informáticos que se acompañaban como anexos I y II a la Resolución de la Dirección General de Centros Escolares de 23 de febrero de 1995, por la que se aprobó el expediente y proyecto de obras del mismo.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artícu los 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis trativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de noviembre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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