Visto el expediente de indulto de don Emilio Pardo González con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Bilbao, en sentencia de fecha 16 de junio de 1995, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor, delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada en grado de tentativa, a la pena de 30.000 pesetas de multa, y de una falta de hurto, a la pena de ocho días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de noviembre de 1997,
Vengo en conmutar a don Emilio Pardo González las penas privativas de libertad impuestas, por otra de un año de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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