De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia núme- ro 594 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de 22 de octubre de 1997, que es firme, recaída en el recurso interpuesto por don José Miguel Zaldívar Sagra, contra la resolución del Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha sobre adjudicación por parte de la Comisión de Contratación de Profesorado de una plaza de Profesor asociado de fecha 20 de diciembre de 1994, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Miguel Zaldívar Sagra contra la resolución del Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha, de fecha 20 de diciembre de 1994; sin costas.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confiere el artículo 33 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 10), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Ciudad Real, 20 de noviembre de 1997.-El Rector, Luis Alberto Arroyo Zapatero.
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