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Documento BOE-A-1997-27353

Resolución de 17 de noviembre de 1997, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III», la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, el Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria de Barcelona y la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, para la colaboración en el proyecto PROREC.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 1997, páginas 37279 a 37280 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1997-27353

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 4 de septiembre de 1997 Convenio de colaboración entre el Instituto de Salud «Carlos III», la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, el Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria de Barcelona y la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, para la colaboración en el proyecto PROREC, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a efectos oportunos.

Madrid, 17 de noviembre de 1997.-El Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

ANEXO

Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de Salud «Carlos III», la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, el Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria de Barcelona y la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, para la colaboración en el proyecto PROREC

A 4 de septiembre de 1997.

REUNIDOS

Don Ignacio Moreno Cayetano, Viceconsejero de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, actuando en nombre y representación de este organismo, con domicilio en Sevilla, avenida de la Innovación, sin número, edificio Arena, 1; don José Antonio Gutiérrez Fuentes, Director del Instituto de Salud «Carlos III», en adelante ISCIII, actuando en nombre y representación de este organismo con domicilio en Madrid, calle Sinesio Delgado, número 6, y en virtud de las competencias delegadas por el Acuerdo de 21 de julio de 1995; don Ricard Gutiérrez i Martí, Director del Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria, en adelante, IMAS, actuando en nombre y representación de este organismo, con domicilio en Barcelona, calle Doctor Aiguader, número 80, y don Juan Reig Redondo, Presidente de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, en adelante SADIEL, actuando en nombre y representación de este organismo, con domicilio en Sevilla, avenida República Argentina, número 25, cuarta planta,

EXPONEN

Primero.-Que dichos organismos están interesados en investigar las posibilidades de las tecnologías de la información y las comunicaciones, para la mejora de los procesos asistenciales, la gestión asistencial, la optimización de los modelos organizativos y el apoyo a investigadores de salud en el ámbito de la Unión Europea.

Segundo.-Que dichos organismos están interesados en aunar esfuerzos para desarrollar tareas de investigación, difusión, promoción, normalización y formación en el área de la historia clínica informatizada en Europa, competencias definidas dentro del marco de actuación del centro PROREC-España del proyecto PROREC de la Unión Europea.

Tercero.-Que la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, el Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria y el Instituto de Salud «Carlos III», disponen de una prolongada experiencia en gestión de sistemas de información sanitaria y proyectos de cooperación internacional en la materia, así como Sadiel, que es coordinador europeo del proyecto PROREC Internacional.

Cuarto.-Que este Convenio se enmarca en el ámbito de las competencias y esfera de intereses que en la materia atribuyen al Instituto de Salud Carlos III, a la Junta de Andalucía y al Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria de Barcelona, la Constitución Española, la Ley General de Sanidad, el Estatuto de Autonomía y la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y que este Convenio se enmarca en el ámbito de las competencias y esfera de intereses que en la materia atribuyen al Instituto de Salud «Carlos III», y a la Junta de Andalucía, la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y la Ley General de Sanidad,

CONVIENEN

Estrechar sus relaciones, aunar esfuerzos y establecer normas amplias de actuación que encaucen e incrementen, dentro de un marco preestablecido, los contactos y colaboraciones ya existentes en relación con la promoción de la Historia Clínica Informatizada en Europa.

A tal fin, formalizan el presente Acuerdo marco de colaboración en consonancia con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Finalidad del Acuerdo marco: Constituir el centro PROREC España para promocionar el uso de la Historia Clínica Informatizada en España. Así como promover y coordinar la convergencia europea hacia una historia clínica informatizada de gran alcance, que sea comunicable y segura.

Segunda.-Modalidades de colaboración: Para el desarrollo de las actividades del centro PROREC-España, se definen las siguientes modalidades de colaboración específicas:

a) Ejecución de actividades de promoción generales o específicas del centro PROREC-España.

b) Promover la participación de todos los agentes interesados en la difusión y uso de la historia clínica informatizada en España.

c) Recopilación continuada de información sobre productos existentes, metodologías, técnicas, estudios, proyectos, etc., relacionados con la historia clínica informatizada, basados en aspectos como comunicabilidad e interoperabilidad.

d) Promover o apoyar la realización de estudios sobre aspectos particulares relacionados con la historia clínica informatizada, con el objeto de dar respuesta a cuestiones sin resolver.

e) Difundir información con la mayor extensión posible, a través de acciones como: Publicación periódica de un boletín informativo sobre la historia clínica informatizada en España, actualización y mantenimiento del servidor Web para la difusión del centro PROREC-España, etc.

f) Proporcionar respuesta a cuestiones específicas demandadas.

g) Lograr una posición líder en esfuerzos de consulta hacia organismos nacionales e internacionales en el área de la Historia Clínica Informatizada.

h) Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo dentro de las posibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente Acuerdo marco.

Tercera.-Establecimiento de la Comisión mixta: Para el seguimiento de este Acuerdo marco y el desarrollo de sus actividades, se considera la creación de una Comisión Mixta paritaria, integrada por el Viceconsejero de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, el Director del Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria, el Director del Instituto de Salud «Carlos III», el Presidente de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, o personas en quienes deleguen.

Dicha Comisión se constituirá en el plazo de diez días, contados a partir de la fecha de la firma de este Acuerdo marco.

La Comisión mixta dictará sus normas internas de funcionamiento, debiéndose reunir cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos una vez al año, elaborando un informe anual.

Cuarta.-Funciones de la Comisión mixta: A la Comisión mixta le corresponden entre otras las siguientes funciones:

a) Proponer las posibilidades de colaboración en temas científicos-tecnológicos de interés común, relacionados con la promoción de la historia clínica informatizada en España.

b) Preparar las modalidades de colaboración de ejecución del presente Acuerdo marco sobre las materias seleccionadas.

c) Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de cada organismo firmante de este Acuerdo.

d) Aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución de las modalidades de colaboración.

e) Realizar el seguimiento de las modalidades de colaboración que se suscriban.

Quinta.-Entrada en vigor y duración: El presente Acuerdo marco entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de dos años, renovables por períodos iguales por acuerdo tácito.

Sexta.-Terminación y rescisión: Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo. Cualquiera de las partes podrá, a su vez, denunciar el presente Acuerdo, comunicándolo por escrito a la otra parte con seis meses de antelación a la fecha en que vaya a darlo por terminado. En ambos casos deberán finalizarse las tareas de las modalidades de colaboración que estén en vigor.

Y en prueba de conformidad, firman por duplicado el presente Acuerdo marco en el lugar y fecha antes indicados.-Por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, el Viceconsejero, don Ignacio Moreno Cayetano.-Por el Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria, el Director don Ricard Gutiérrez i Martí.-Por el Instituto de Salud «Carlos III», el Director, don José Antonio Gutiérrez Fuentes.-Por la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, el Presidente, doctor don Juan Reig Redondo.

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