En el recurso contencioso-administrativo número 816/1996, referente al expediente de marca número 1.712.575/8, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ciba-Geigy A. G.», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de febrero de 1996, se ha dictado, con fecha 22 de mayo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Ciba-Geigy A. G.", contra el acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de febrero de 1996, que anulamos por no ser conforme a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de noviembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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