En el recurso contencioso-administrativo número 226/1995, referente a los expedientes de marcas números 1.601.826/5 y 1.601.827/3, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Societé des Produits Nestlé, Sociedad Anónima», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 30 de septiembre de 1994, se ha dictado, con fecha 22 de mayo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Societé des Produits Nestlé, Sociedad Anónima", contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 30 de septiembre de 1994, por ser los mismos conformes a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de noviembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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