De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso 5/791/1995, interpuesto por don Antonio Aguayo Jiménez, sobre inutilidad física como consecuencia de acto terrorista.
Madrid, 20 de enero de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de la Guardia Civil.
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