En el recurso contencioso-administrativo número 1.075/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Hijos de Carlos Albo, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de noviembre de 1992 y 22 de noviembre de 1993, se ha dictado, con fecha 27 de diciembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ijos de Carlos Albo, Sociedad Anónima'', contra el Acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de noviembre de 1993, publicado en el oletín Oficial de la Propiedad Industrial'' de 1 de enero de 1994, que desestimó expresamente el recurso de reposición contra el acuerdo de 2 de noviembre de 1992, por el que se concedió la marca internacional número 543.167 roalbo''.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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