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Documento BOE-A-1997-25710

Orden de 14 de noviembre de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 1.079/1995, promovido por doña Natividad Ayllón Aizpuru.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 1997, páginas 35497 a 35498 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-25710

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 17 de mayo de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.079/1995, en el que son partes, de una, como demandante, doña Natividad Ayllón Aizpuru, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 22 de marzo de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 3 de noviembre de 1994, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Natividad Ayllón Aizpuru contra la Resolución de fecha 3 de noviembre de 1994, de MUFACE (Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado), confirmada por la del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 22 de marzo de 1995, y por las que se le denegó el abono, por parte de la entidad ASISA, de la cantidad de 422.500 pesetas por gastos de hospitalización en la Fundación «Jiménez Díaz», de la Seguridad Social, Resoluciones que anulamos para sustituir por otra que reconozca a la actora el derecho al percibo de la referida cantidad por parte de la entidad ASISA.

No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en este recurso.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 14 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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